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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Este jueves 18 y viernes 19 de septiembre se celebran las Fiestas Patrias y las Glorias del Ejército en Chile, fechas que son feriados irrenunciables. La ley establece que solo una parte mínima del comercio puede operar, por lo que supermercados, grandes tiendas y locales de conveniencia adosados a servicentros que solo venden productos envasados deben cerrar. Por otro lado, podrán funcionar restaurantes, clubes, cines, farmacias de urgencia, expendios de combustible y tiendas de conveniencia que preparen comida en el local. El descanso de los trabajadores inicia el miércoles 17 a las 21:00 y termina el sábado 20 a las 06:00, con excepciones en la rotación de turnos. Pequeños negocios de barrio pueden abrir si son atendidos por dueños o familiares. Quienes no cumplan pueden recibir multas desde $346.325 hasta $1.385.300 por trabajador afectado, debiendo cerrar el local de inmediato.

Este jueves 18 y viernes 19 de septiembre se celebran en Chile las Fiestas Patrias y las Glorias del Ejército, fechas que en el calendario corresponden a feriados irrenunciables ¿Cómo funcionará el comercio en esos días?

De partida, estos festivos tienen implicancias para el negocio y según establece la ley, solo una mínima parte del comercio puede funcionar durante estas fechas. De hecho, el resto tuvo que cerrar de forma anticipada este miércoles 17.

Esto significa que supermercados, grandes tiendas y locales de conveniencia adosados a servicentros que solo venden productos envasados deberán cerrar sus puertas.

En tanto, aquellos que sí podrán funcionar son restaurantes, clubes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos, farmacias de urgencia o de turno, expendios de combustible y “tiendas de conveniencia” que preparen comida en el local.

¿Cómo operará el comercio durante Fiestas Patrias?

El director nacional subrogante de la Dirección del Trabajo, Sergio Santibáñez explicó que el descanso de los trabajadores y trabajadoras comenzó a las 21:00 horas del miércoles 17 de septiembre y se extenderá hasta las 06:00 horas del sábado 20 de septiembre.

“Solo se permiten excepciones en la rotación de turnos, lo que posibilita trabajar hasta la medianoche del día 17 o ingresar a partir de las 00:00 del sábado 20”, aclaró.

Señalar que los pequeños negocios de barrio podrán abrir, siempre y cuando sean atendidos por sus propios dueños o familiares directos.

Multas en caso de incumplimientos

Quienes incumplan estas normas arriesgan multas que van desde los $346.325 para micro y pequeñas empresas, hasta $1.385.300 para grandes empresas, por cada trabajador afectado.

Junto a la sanción económica, los empleadores sorprendidos en infracción deberán poner término inmediato al turno y cerrar el local.

En caso de denuncia, la Dirección del Trabajo atenderá estas solicitudes a través de su sitio web y, además, desplegará un programa nacional de fiscalización, que incluirá controles aleatorios en todo el país.