El Tribunal Ambiental de Santiago dio curso a la solicitud de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y la autorizó para decretar la clausura temporal parcial del relleno sanitario Santa Marta, afectado por un incendio el mes pasado. La medida durará 30 días corridos desde que se notifique a la empresa.
La decisión tomada por el ministro Sebastián Valdés se sustenta en que persiste “un escenario de riesgo o daño inminente al medio ambiente y a la salud de las personas de la Región Metropolitana, en particular, a la población aledaña al relleno sanitario, el que debe necesariamente prevenirse a través de la medida solicitada”, según se afirma en la sentencia.
De esta forma, sólo una pequeña parte del relleno podrá recibir basura. “Sólo se podrá disponer y operar el área identificada como ‘zona de seguridad – Celda 1′ (…) Esta autorización se concede por el término de 30 días corridos, contados desde la notificación que al respecto realice el Superintendente”, dice un comunicado del tribunal.
Los residuos que no podrá recibir Santa Marta serán enviados a los rellenos sanitarios de Loma Los Colorados, Santiago Poniente y Cerro La Leona.
Los cargos presentados por la SMA
Anteriormente, la SMA solicitó al tribunal clausurar totalmente el relleno por 15 días hábiles, periodo que ya culminó. Por esto, ayer presentó cargos contra Consorcio Santa Marta, controladora del lugar, y pidió su clausura parcial.
La decisión se tomó tras varias fiscalizaciones en terreno, estableciendo la formulación de 12 cargos, uno de ellos gravísimo, 8 graves y 3 leves por incumplimientos a las medidas establecidas en sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).
El cargo gravísimo tiene relación con “no reportar total o parcialmente informes de seguimiento ambiental para parámetros de líquidos percolados y aguas superficiales, entre otros. Entre los cargos graves figura el ingreso no autorizado de 52.511 toneladas de lodos durante el año 2014 y de 57.418 toneladas de lodos durante el año 2015, entre otros incumplimientos”, dice un comunicado de la entidad.
Según la Ley Orgánica de la SMA, el castigo por una infracción gravísima puede ser la revocación de la RCA, la clausura o una multa de hasta 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA).
Mira la resolución del Tribunal Ambiental: