Dos militares en retiro condenados por violaciones a los derechos humanos, fueron beneficiados desde junio del año pasado con la salida diaria del penal Punta Peuco. Los familiares de los ejecutados por estos ex agentes de la dictadura, sólo se enteraron esta semana.
El coronel de Carabineros Guillermo González Betancourt y el sargento José Fuentes Castro fueron condenados en 1995 a presidio perpetuo por el secuestro y asesinato, el 29 de marzo de 1985, de José Manuel Parada, funcionario de la Vicaría de la Solidaridad; Santiago Nattino, publicista; y el dirigente de los profesores, Manuel Guerrero, todos militantes comunistas.
Para las familias de las víctimas, la justicia había llegado, sin embargo, en septiembre de 2012 los ex uniformados recibieron el beneficio de salida dominical, provocando la indignación entre los cercanos de los ejecutados, quienes protestaron frente a los tribunales de justicia.
Pero los familiares nunca fueron informados que en enero de 2013, el beneficio se amplió a la salida por todo el fin de semana y desde el 24 de junio, los dos condenados por delitos de lesa humanidad gozan de libertad todos los días de la semana, según informó El Mostrador.
Desde Gendarmería explicaron que todo reo que cumpla 20 años de presidio tiene derecho a postular a los beneficios que consagra la ley. En el caso de estos militares en retiro, dicho plazo lo cumplieron en mayo de 2012.
Una explicación que no satisface a los familiares. Manuel Guerrero hijo, señaló a el diario electrónico que es una situación “sumamente violenta”, pues se trata de personas que cometieron crímenes contra los derechos humanos, a las que no se les deberían aplicar reglamentos de reos comunes.
Por su parte, Javiera Parada, hija del sociólogo de la Vicaría de la Solidaridad, señaló a Radio Bío Bío que “es muy importante que se entienda que se está atacando al a sociedad chilena en su conjunto y no a los familiares, que por supuesto cargamos con un dolor personal”.
Es por ello que llevan adelante una serie de acciones legales para revertir la libertad de los condenados, argumentando además que no cumplen el requisito de un comportamiento intachable para acceder a beneficios, pues indican que hay antecedentes de amenazas de muerte al interior del penal y la participación en una huelga de hambre.