La Corte Suprema ratificó este viernes que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) tiene la facultad para demandar a las farmacias que se coludieron en el precio de los medicamento, en representación de los afectados.
Recordemos que en primera instancia, el Décimo Juzgado Civil de Santiago había rechazado la iniciativa judicial del Sernac contra las farmacias coludidas, que busca una indemnización a los clientes afectados por infracción a la Ley del Consumidor.
No obstante, el tribunal de alzada determinó que el organismo estatal tiene facultades legales para representar a los consumidores en la defensa del interés colectivo o difuso, tras el alza de precios en más de 220 medicamentos que concertaron las cadenas de farmacias Cruz Verde, Salcobrand y Ahumada.
De esta forma, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto contra la decisión que acogió el recurso de apelación presentado por Sernac, que a su vez es contra resolución del Décimo Juzgado Civil por negarles ser parte del proceso jurídico.
De manera unánime, el máximo tribunal del país determinó que es inadmisible el recurso de queja contra de la demanda del Sernac.