Con un 68,78% del total de mesas escrutadas, este domingo Gabriel Boric Font se convierte en un nuevo Presidente de la República, tras obtener el 55,18% de los votos. Esto viene un factor importante, ya que el magallánico será el mandatario más joven de la historia de Chile, asumiendo su cargo el 11 de marzo de 2022 con 36 años y un mes de vida. Su fecha de nacimiento data del 11 de febrero de 1986.
El candidato del Frente Social Cristiano José Antonio Kast, con el mismo porcentaje de mesas escrutadas, logró el 44,82%. La Radio, según su metodología interna, ya dio por ganador al abanderado de Apruebo Dignidad.
De acuerdo a la Biblioteca Nacional, el presidente más joven del que se tenía registro hasta ahora era Ramón Saturnino Andrés Freire y Serrano, quien fue el tercer Presidente de Chile y asumió el cargo en 1827 con 39 años de edad.
Antes, con 35 años, el militar había tenido el cargo de “Director Supremo”.
No obstante, Freire fue presidente de nuestro país por poco más de tres meses, ya que lideró el mando desde el 15 de febrero al 8 de mayo de 1827.
Por su parte, Manuel Blanco Encalada asumió el cargo de Presidente de la República en 1826 con 36 años, dos meses y 17 días, siendo mayor a Boric por un pequeño margen.
El diplomático fue la primera persona que ostentó este cargo en particular en la historia republicana de nuestro país.
Gabriel Boric: Constitución del 80 y reforma de Lagos
Si Gabriel Boric hubiera querido ser candidato presidencial hasta antes de 2005 no habría podido, debido a que la Constitución chilena de 1980 determinaba que la edad mínima para postular era de 40 años.
“Para ser elegido Presidente de la República se requiere haber nacido en el territorio de Chile, tener cumplidos cuarenta años de edad y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio”, detallaba el texto.
No obstante, la reforma Constitucional de 2005, realizada por el presidente Ricardo Lagos, determinó una baja en la edad mínima, pasando a los 35 años.
“Para ser elegido Presidente de la República se requiere tener la nacionalidad chilena de acuerdo a lo dispuesto en los números 1º ó 3º del artículo 10; tener cumplidos treinta y cinco años de edad y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio”, tipificó en su artículo 25.