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La Ley Karin, que entró en vigencia el pasado jueves, busca sancionar situaciones de acoso en entornos laborales, modificando el Código del Trabajo para abordar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. La normativa permite a los trabajadores denunciar hostigamientos ante la Inspección del Trabajo o Tribunales Laborales, estableciendo plazos de investigación de 5 días en el sector público y hasta 30 días en el privado. Además, se detallaron 18 conductas prohibidas, como separar a un trabajador, asignar tareas degradantes o burlarse de discapacidades, que podrán ser denunciadas bajo esta ley.

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El pasado jueves entró en vigencia la Ley Karin, la cual busca sancionar las situaciones de acoso que se den en entornos laborales.

De esta forma, la Ley N°21.643 (Ley Karin) modificó el Código del Trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.

En lo formal, trabajador podrán denunciar posibles hostigamientos ante la Inspección del Trabajo o los Tribunales Laborales.

Dentro del sector público habrá un plazo de 5 días para concluir una investigación, mientras que serán 20 en caso que la situación sea grave.

Por otro lado, en el sector privado las investigación podrán extender hasta un plazo de 30 días.

18 conductas que sancionará la Ley Karin

Durante la pasada jornada también se dieron a conocer las 18 conductas que podrían eventualmente ser denunciadas, de acuerdo a la Ley Karin.

1.- Separar a un trabajador de sus compañeros cambiándolo de lugar.
2.- Obligar a alguien a realizar labores en contra de su conciencia.
3.- Asignar tareas degradantes a un trabajador.
4.- Restringir a un subordinado las posibilidades de hablar.
5.- No asignar tareas a un trabajador o asignarle tareas por debajo de sus capacidades.
6.- Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
7.- Juzgar el desempeño de un trabajador de forma ofensiva.
8.- Prohibir a los compañeros que hablen con una determinada persona.
9.- Dejar en ridículo a un trabajador.
10.- Tratar a un trabajador como si no existiera.
11.- No establecer comunicación directamente con un trabajador.
12.- Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
13.- Insinuar que un trabajador tiene problemas psicológicos.
14.- Criticar reiteradamente la vida privada de un trabajador.
15.- Terror telefónico realizado por el acosador.
16.- Burlarse de la vida privada de un trabajador.
17.- Burlarse de las discapacidades de un trabajador.
18.- Imitar de forma burlesca los gestos y voces de un trabajador.