En Chile, el Día del Niño se celebra cada primer fin de semana de agosto, sin embargo, la historia de esta conmemoración se remonta varias décadas atrás y se origina a partir de la necesaria protección de la infancia.

El Día del Niño y la Niña, comenzó a celebrarse a partir del año 1954, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración de los Derechos del Niño. Por lo que en esta fecha se conmemoran los avances en materia de protección de la infancia.

El contexto de estos progresos iniciales se remonta al término de la Primera Guerra Mundial, ya que sus efectos impulsaron la preocupación y conciencia necesarias para pensar en normativas que protegieran a los niños y niñas del mundo.

Aunque la fecha se conmemora oficialmente a partir de los 50, la primera declaración por los derechos de los niños en la historia tuvo lugar en 1924. Ese año una de las primeras activistas del área, Eglantyne Jebb -que además fundó la organización Save the Children- impulsó la medida.

Finalmente, en 1952, la Organización de Estados Americanos (OEA) y la UNICEF establecieron la Declaración de Principios Universales del Niño, que buscaba proteger a los infantes de la desigualdad y el maltrato.

Fue ahí cuando estos organismos decretaron que cada gobierno debería tener una fecha para la conmemoración de la niñez y la infancia, decisión que dos años después fue respaldada por la ONU. En Chile se celebra cada primer fin de semana de agosto.

Historia de la protección de la infancia en Chile

Los primeros textos institucionales que abogaban por la protección de la infancia y tuvieron alcance en Chile se originaron entre 1910 y 1930. En específico fueron 4, detalla un estudio histórico publicado en 2007.

1. El acuerdo de un congreso científico español, que data de 1912.
2. La célebre declaración de Ginebra, suscrita por la Sociedad de Naciones en 1924.
3. El texto firmado en Montevideo por los delegados de diez países, incluido Chile, en 1927.
4. La Declaración de Washington, de 1930

Sin embargo, en el país, estos documentos alcanzaron más bien una difusión discreta, detalla la investigación. La declaración de Ginebra por ejemplo “pasó un tanto inadvertida, frente a otros hechos internacionales que acapararon los titulares de la prensa. Pero las organizaciones asociadas a la Declaración que tenían presencia en Chile dieron muestras de cierta atención sobre el tema”.

Posteriormente y tras la creación de la Cruz Roja Juvenil en 1927 se realizó una mayor difusión de estos temas, a través de revistas. Luego surgieron iniciativas a nivel Panamericano y algunas campañas comunicacionales que finalmente llevaron el tema a la población.

Pero aquello no estuvo exento de obstáculos, puesto que hubo algunas formas de resistencia. “Algunas provenían del ambiente radicalizado de la época, que no podía concebir que coexistiera una extrema sensibilidad hacia los niños pobres y una gran indiferencia hacia las demandas que hacían sus padres trabajadores”, dice el estudio.

No fue hasta los 80 y principios de los 2000 que finalmente se instauró con normalidad el discurso sobre la protección de los niños y niñas en el país. Esto porque “se comenzó a demostrar un cierto sentido de excepcionalidad en su forma de justificar las garantías que debía asegurarle la sociedad a la población infantil”.

Además, comenzó a reconocerse a los infantes no al mismo nivel que un ‘humano adulto’ sino que “se acentuó el carácter peculiar que tenía el “ser niño” (por su fragilidad e inocencia) y su importancia estratégica para el futuro de la sociedad”.

Derechos del niño y la niña

Según detalla la Defensoría de la Niñez, en 1990 el Estado de Chile ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño. Esto significó, el compromiso del gobierno para adoptar todas las medidas necesarias para hacer efectivos todos los derechos para niños y niñas reconocidos por la Convención.

A partir de allí se crearon normativas y organismos como el Sistema de Garantías de Derechos de la Niñez; Defensoría de los Derechos de la Niñez, la Ley 21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y la adolescencia; Ley 21.430 sobre los derechos en salud de niñas, niños y adolescentes; entre otras de igual importancia.

En cuanto a la Convención sobre los Derechos del Niño, que dio pie a esta serie de normativas, se rige por 4 principios fundamentales. Estos guían la legislación actual y la formulación de nuevas normativas, informa la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.

1. No discriminación: El niño no deberá sufrir discriminaciones por raza, color, género, idioma, religión, nacionalidad, origen social, casta o discapacidad.
2. El interés superior del niño: Las leyes que afecten a la infancia deben beneficiarla de la mejor manera posible.
3. Supervivencia, desarrollo y protección: Las autoridades del país deben proteger al niño y garantizar su pleno desarrollo, tanto físico como social.
4. Participación: Los niños tienen derecho a expresar su opinión en las decisiones que les afecten, y que sus opiniones se tomen en cuenta.

La Convención además, decretó que se considerará niño a toda persona menor de 18 años y entre los derechos fundamentales establecidos destacan:

    El derecho a la protección contra la violencia intrafamiliar.
    El derecho a la educación.
    El derecho a la identidad (filiación).
    El derecho a la alimentación.
    El derecho a la adopción.
    El derecho a la salud.
    El derecho a la protección contra delitos sexuales.
    El derecho al trabajo (para niños entre 15 y 18 años, además de la prohibición del trabajo para menores de ese rango).