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Desde el pasado 1 de abril que comenzó el proceso de Declaración de Renta 2025, para que quienes cumplan los requisitos puedan recibir su devolución de impuestos, ¿sabes cuándo es el primer pago y el calendario completo?

Recuerda que según la fecha en que hagas el trámite ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) será cuando recibas tu devolución, si es que esta no fue rechazada o retenida.

¿Quiénes y hasta cuándo deben hacer la declaración de renta 2025?

Lo primero que debes saber es si como contribuyente tienes o no la obligación de realizar tu declaración de renta. El SII elaboró un listado para orientar y saber si les corresponde hacer el trámite en caso de cumplir con algunos de los siguientes criterios.

Están obligados a declarar renta quienes:

– Obtuvieron ingresos anuales superiores a $10.900.000, salvo que provengan de un solo empleador.
– Tuvieron más de un empleador o pagador durante el año.
– Trabajaron a honorarios y desean acceder a la cobertura parcial de sus cotizaciones previsionales.
– Recibieron el Préstamo Solidario en 2020 o 2021, ya que deben pagar las cuotas correspondientes.
– Iniciaron un emprendimiento en 2024 y recibieron ingresos por ventas o servicios.
– Son personas jurídicas o empresas, porque todas deben declarar sin excepción.

Además, el SII tiene la opción de que los contribuyentes opten a algún beneficio o crédito tributario, como la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios y/o el Crédito por Gastos en Educación. En ese sentido, quienes no están obligados a realizar la declaración, pueden hacerla para acceder a ellos.

La fecha final para realizar la operación renta es el próximo 9 de mayo de este 2025. Pero puedes hacerla antes, si quieres recibir tu devolución de impuestos de manera anticipada.

¿Cuándo se paga la primera devolución de impuestos?

El Servicio de Impuestos Internos elaboró un calendario informando cuáles son las fechas de pago de la devolución de impuestos, según cuándo hagas tu declaración de renta 2025.

Así, el primer pega será el 25 de abril, siempre y cuando hagas el trámite, a más tardar, el martes 8 de abril.

Del 1 al 8 de abril: recibirán la devolución el viernes 25 de abril.

Del 9 al 21 de abril: recibirán la devolución el miércoles 14 de mayo.

Del 22 al 28 de abril: recibirán la devolución el viernes 23 de mayo.

Del 29 de abril al 9 de mayo: recibirán la devolución el viernes 30 de mayo.

¿Por qué pueden retener tu devolución de impuestos?

Como mencionamos, es posible que tu declaración de renta 2025 sea autorizada por el SII, pero que tu devolución sea retenida de manera total parcial. Esto puede deberse a los siguientes motivos:

  • Deudas por Pensión de Alimentos.
  • Retenciones de crédito universitario solidario o con aval del Estado (CAE o Fondo Solidario).
  • Retención SENCE subsidio al empleo.
  • Retenciones Judiciales.
  • Retenciones Judiciales Previsionales
  • Retención registro evasores transporte (RED)
  • Retenciones de instituciones de Salud
  • Además de los puntos anteriores, también es posible que no hayas recibido tu dinero por posibles errores de digitación en tu declaración de renta, por ejemplo, en tu número de cuenta, tipo de cuenta o el nombre de la institución. También puede ocurrir que no seas el titular de la cuenta ingresada o que esta se encuentre inactiva.