En la actualidad, Chile solo tiene 5 feriados irrenunciables al año, aunque esa realidad podría cambiar -o no- si eventualmente se agrega el Viernes Santo.
Este miércoles, diputados de Chile Vamos anunciaron un proyecto de ley para agregar esta festividad religiosa a ese acotado listado. En ese sentido, la iniciativa busca modificar la Ley 19.973, que establece cuáles son esas 5 fechas claves, declarándolas obligatorias e irrenunciables y detallando a la vez las reglas que las rigen.
Volviendo al mencionado proyecto de ley, este nació luego que se conociera que las grandes tiendas del retail levantarían sus cortinas y atenderían a público durante el próximo Viernes Santo (18 de abril), lo cual generó críticas tanto de los propios trabajadores como de la CUT, quienes apuntan a que el cierre del retail durante ese día es un “derecho adquirido”.
Incluso, el cardenal Fernando Chomali, Arzobispo de Santiago, criticó que las empresas prioricen ganancias económicas sobre el patrimonio cultural y espiritual del país tras reunirse con representantes de los sindicatos de Falabella, Ripley y París.
¿Cuáles son los feriados irrenunciables en Chile y qué implica que lo sean?
En el calendario de este 2025, nuestro país tiene un total de 19 feriados. Sin embargo, solo 5 de ellos son irrenunciables. Estos son:
1 de enero: Año Nuevo.
1 de mayo: Día del Trabajador.
18 de septiembre: Independencia Nacional.
19 de septiembre: Día de las Glorias del Ejército.
25 de diciembre: Navidad.
El hecho de que sean irrenunciables implica que los trabajadores no pueden ejercer sus funciones con normalidad, aunque tengan un acuerdo previo con su empleador. Esta medida también aplica para el comercio, salvo que presten servicios en los siguientes lugares:
• Clubes.
• Restaurantes.
• Establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets).
• Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
• Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
• Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como “bencineras” o “bombas de bencina”).
• Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
• Tiendas de conveniencia dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.
Por el contrario, en los feriados más comunes, como Viernes Santo, el comercio puede funcionar con normalidad. Esto aplica a malls, supermercados y otros.