Como cada año, a finales de enero las isapres deben realizar la devolución de los excedentes acumulados. En esta ocasión, se devolverán los excedentes generados hasta el 31 de diciembre de 2024, descontando los montos utilizados durante enero de 2025.
Los excedentes se generan cuando la cotización de tu 7% es mayor que el precio de tu plan de isapre, generando una diferencia positiva que se acumula en una cuenta individual. Este dinero puede utilizarse, por ejemplo, para la compra de bonos o medicamentos.
Si no ocupaste todos tus excedentes durante el año pasado, a fin de mes te debería corresponder la devolución de este dinero. En ese sentido, no necesitas realizar ningún trámite para que se concrete el pago, ya que es automático.
Fecha de devolución de excedentes 2025 según Isapre
Es importante mencionar que la devolución de excedentes 2025 no es opcional, sino que se debe entregar a todos los afiliados a los que corresponda, independiente de la cantidad de tiempo que lleven afiliados a la aseguradora.
— Banmédica: miércoles 29 de enero de 2025.
— Vida Tres: miércoles 29 de enero de 2025
— Colmena: viernes 31 de enero de 2025
— Nueva Masvida: jueves 30 de enero de 2025
— Consalud: martes 28 de enero de 2025
— Cruz Blanca: jueves 30 de enero de 2025
Según explican desde las aseguradoras, este se realiza mediante una transferencia bancaria. No obstante, quienes no tengan una cuenta registrada lo pueden recibir, por ejemplo, mediante vale vista.
A continuación puedes consultar tu saldo y/o actualizar tus datos bancarios en el sitio web oficial de cada isapre:
Nueva Masvida
Colmena
Cruz Blanca
Vida Tres
Consalud
Banmédica
Esencial
¿Qué ocurre con los excedentes con la Ley Corta?
La Ley Corta de Isapres, que entró en vigencia el pasado septiembre, estableció que las Isapres no pueden ofrecer planes de salud cuyo valor sea inferior al 7% de la cotización obligatoria del afiliado. Si el precio del plan ajustado a la nueva tabla es menor al mínimo legal, la Isapre debe compensar al usuario con un mejor plan en lugar de devolver el exceso como excedentes.
También se indica que el afiliado no está obligado a aceptar los planes alternativos ofrecidos por la Isapre, pero si no lo hace, las diferencias superiores al 5% de la cotización no generarán excedentes.
Aunque la ley no elimina los excedentes, limita su generación en los casos en que los planes se ajustan al 7%. No obstante, aún es posible que se acumulen excedentes por razones como el retiro de cargas o un aumento de sueldo.