El Servicio Electoral de Chile (Servel) anunció que desde este domingo 1 de diciembre, las personas pueden cambiar su domicilio electoral.
Esta medida permitirá que los electores accedan a locales de votación más cercanos a su residencia para los próximos procesos, como las elecciones presidenciales y parlamentarias que se realizarán en noviembre de 2025.
Aunque este periodo no solo considera lo relacionado al domicilio electoral. En general, se trata de un proceso de modificaciones del Registro Electoral, que también incluye actualización de datos de contacto, solicitud de incorporación en el padrón de chilenos nacidos en el extranjero y más.
Cómo cambiar el domicilio electoral y cuándo vence el plazo
Según informó el Servel, este cambio se podrá efectuar desde este 1 de diciembre, con la fecha límite del 28 de junio de 2025.
Mientras se mantenga abierto el plazo, los electores tendrán que ingresar a www.servel.cl, donde deberán acceder con Clave Única para concretar el cambio de domicilio electoral.
De no contar con esta credencial, el trámite también puede realizarse de forma presencial y cédula de identidad en mano en las Direcciones Regionales de Servel, oficinas de ChileAtiende, consulados de Chile en el exterior y ante el Registro Civil (informando la actualización del domicilio cuando se solicite o renueve la cédula de identidad).
Desde el Servel recordaron poner atención a que los datos ingresados “estén correctos, sin abreviaturas y escritos de forma completa”.
Cabe destacar que la respuesta se entregará por correo electrónico o carta certificada, y luego se verá reflejada entre 20 a 25 días hábiles después.
¿Qué otros trámites se realizan durante el proceso?
Además, en este periodo es posible actualizar el correo electrónico y el número de teléfono, que son claves para que los votantes reciban información sobre procesos eleccionarios, vocales de mesa y fechas importantes.
Junto con lo anterior, y como ya informamos, también se puede solicitar al Servel que se incorpore a chilenos nacidos en el extranjero, y que cumplan con el avecindamiento mínimo superior a 1 año en Chile. En este caso, el procedimiento se realiza acreditando el cumplimiento de lo antes señalado.