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La Tesorería General de la República (TGR) informó que la cuarta y última cuota del año de las contribuciones de bienes raíces no agrícolas vence el sábado 30 de noviembre, destinando los fondos municipales a servicios como electrificación, salud y educación. Hernán Nobizelli, tesorero general, resaltó la importancia de estas contribuciones que se redistribuyen a comunas con menores ingresos. El cálculo del monto considera la contribución neta y sobretasas, y para pagar se puede acceder en línea con Clave Única o en bancos, Sencillito u oficinas de Tesorería.

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Durante la semana pasada, la Tesorería General de la República (TGR) informó cuándo vence el plazo para pagar la cuarta y última cuota del año de las contribuciones.

En esta oportunidad, las contribuciones a pagar corresponden a las de bienes raíces no agrícolas, que recordemos son el tributo o impuestos que se aplican sobre el avalúo fiscal de las propiedades, y que deben pagar los dueños de estos, cada cierto tiempo.

¿A quién beneficia este impuesto? El monto total recaudado se destina a los fondos municipales, lo que permite implementar distintos servicios a las comunidades, tales como electrificación, salud, educación, etc.

En ese sentido, Hernán Nobizelli, tesorero general de la República, destacó la importancia de las contribuciones, ya que los recursos recaudados se destinan a los gobiernos comunales y al Fondo Común Municipal (FCM), mecanismo que “redistribuye recursos desde las comunas con mayores ingresos hacia las de menores ingresos del país”.

¿Cuándo vence el plazo para pagar la cuarta cuota de las contribuciones?

Es así que, según informó la TGR, el pago de la cuarta cuota 2024 de las contribuciones de bienes raíces no agrícolas vence el sábado 30 de noviembre.

Al tratarse de bienes raíces no agrícolas, les corresponde el pago a quienes sean propietarios de casas, departamentos, estacionamientos o bodegas.

¿Cómo se calcula el monto de la cuota?

Según detalla el Servicio de Impuestos Internos, la contribución a pagar por una propiedad se calcula en torno a 3 componentes.

Señala que “el primero corresponde a la contribución neta y los otros dos a sobretasas, una de ellas es la sobretasa fiscal del 0,025% y la otra es la sobretasa del 100% a sitios no edificados, pozos lastreros y propiedades abandonadas, estas dos últimas solo en los casos que corresponde su aplicación”.

¿Qué opciones hay para pagar?

Para el trámite, la Tesorería General de la República dispone de varios canales de pago, aunque uno solo permite concretarlo de forma online y se realiza en el sitio web del organismo (tgr.cl/contribuciones), con Clave Única o la Clave Tributaria.

Los otros canales son presenciales: bancos, locales de Sencillito y las oficinas de Tesorería a lo largo del país.