VER RESUMEN

Resumen automático generado con Inteligencia Artificial

La Ley de Cumplimiento Tributario, también conocida como Ley Antievasión, ha generado atención por su medida que obliga a los bancos a informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) cuando una persona registre más de 50 transferencias en un día, mes, o semana, o 100 en un semestre. Los bancos deberán entregar al SII datos como el RUT del titular de la cuenta, número de cuenta, y la cantidad de depósitos recibidos, sin revelar quiénes realizaron dichos depósitos. Esta información se remitirá al SII de manera semestral, con el primer reporte previsto para enero de 2025. La normativa no afecta a quienes no tienen actividades comerciales, como tesoreros de curso u organizadores de eventos sociales.

Desarrollado por BioBioChile

Un anuncio que no pasó desapercibido en el último tiempo fue la medida contemplada en la Ley de Cumplimiento Tributario, también conocida como Ley Antievasión, sobre el límite de transferencias.

Desde ahora en adelante, los bancos están obligados a informar al SII toda vez que una persona registre más de 50 transferencias en un día, mes o semana, o 100 al semestre.

No obstante, este aviso no se efectuará de manera automática cada vez que se exceda de la cifra estipulada en la ley. ¿Cuándo y cómo se llevará a cabo?

Esta es la fecha en que el SII comenzará a fiscalizar límite de transferencias

Como se mencionó al inicio, la ley obliga ahora a los bancos y otras instituciones financieras a entregar información al Servicio de Impuestos Internos sobre los depósitos que reciben sus clientes (personas o empresas que viven o están registradas en Chile).

La información que deben dar incluye:

– Los datos del titular de la cuenta.
– El número de la cuenta.
– La cantidad de depósitos recibidos por otras personas o entidades en un período de tiempo.

Eso sí, no tienen que informar quiénes hicieron esos depósitos, solo el monto total que se recibió.

Según indica la norma, “la información deberá ser remitida al Servicio de manera semestral dentro de los meses de julio y enero respecto del semestre inmediatamente anterior”. En esa línea, y de acuerdo con las disposiciones transitorias de la ley, el primer reporte semestral tendrá lugar en enero de 2025 respecto del segundo semestre de 2024.

Esto quiere decir, por ejemplo, que si una persona recibió 70 transferencias durante el mes de octubre, esta información no será “observada” por el SII sino hasta la fecha en que el banco remita su informe al organismo, es decir, enero.

¿Qué ocurre si recibo muchas transferencias pero sin fines comerciales?

Es importante destacar que esta normativa no está dirigida a quienes no realizan actividades comerciales. Por ejemplo, si alguien actúa como tesorero de un curso o como organizador de un evento social, no se vería afectado.

La norma tiene como objetivo fiscalizar la informalidad. Por lo tanto, recibir más de 50 transferencias en un mes no implicará sanciones, siempre que no estén relacionadas con una actividad comercial irregular.