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El fin de semana del 26 y 27 de octubre se llevarán a cabo las elecciones municipales y regionales en Chile con voto obligatorio, donde se aplicará una multa de 0,5 UTM (aproximadamente $33.280) para quienes no sufraguen, según una nueva ley que ajustó este monto. Aquellos que no puedan votar podrán excusarse presentando pruebas válidas como enfermedad, estar fuera del país o a más de 200 km del lugar de votación, entre otras razones. Por otro lado, los vocales de mesa ya designados no podrán excusarse, y en caso de no cumplir con su deber se enfrentarán a multas que van desde 2 a 8 UTM (entre $133.122 y $532.488).

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El próximo fin de semana del 26 y 27 de octubre se realizarán las elecciones municipales y regionales en todo Chile con voto obligatorio, ¿sabes cuál es la multa por no votar y cómo o dónde excusarte?

Recordemos que para este proceso eleccionario se creó una nueva ley que realizó varios cambios, como el monto que deben cancelar quienes no concurran sufragar en ninguno de los dos días.

¿Cuál es la multa por no votar en las elecciones?

El sábado y domingo 27 de octubre son las elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales, a lo largo y ancho de todo Chile. Como se dijo, una nueva ley modificó el proceso, y aunque mantuvo el voto obligatorio, modificó el monto de las multas.

Antes, quienes no concurriera a votar debían pagar multas que iban desde las 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), o sea, podían llegar hasta los $200 mil.

Sin embargo, ahora se bajó el máximo y solo serán sancionados, quienes no concurran a votar en las elecciones, con una multa a beneficio municipal de 0,5 UTM, es decir, $33.280 a la actualidad.

¿Dónde, cómo y cuándo me puedo excusar si no voy a votar?

Si en ninguna de las dos jornadas mencionadas de octubre puedes ir a entregar tu voto a los distintos candidatos regionales y municipales, la norma contempla ciertas excusas para que no tengan que pagar la multa.

  • Encontrarse enfermo.
  • Estar ausente del país o a una distancia de más de 200 kilómetros del local de votación.
  • Desempeñar funciones que encomienda la ley de Votaciones Populares.
  • No cumplir por otro impedimento grave.
  • Cualquiera de estas excusas debe acreditarse ante el juez de policía local competente, quien apreciará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.

    ¿Qué pasa con los vocales de mesa en estas elecciones?

    La lista definitiva de vocales de mesa ya fue publicada por el Servel y ya no hay plazo para presentar excusas, por lo que si un ciudadano llamado como vocal no cumple con la labor, también se arriesga a multas.

    En este caso, el valor de la multa varía entre 2 a 8 UTM, es decir, entre $133.122 y $532.488.