VER RESUMEN

Resumen automático generado con Inteligencia Artificial

El ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, anunció la implementación de nuevas sanciones con multas para quienes pongan luces en su patente y dificulten su lectura, enmarcadas en la Ley de Tránsito. La medida busca evitar el uso de focos que induzcan a error en la conducción, reservando los dispositivos luminosos para vehículos de emergencia. Los infractores podrían enfrentar multas de hasta 1 UTM y ser rechazados en la revisión técnica. Además, desde abril, ocultar la patente pasó de ser un delito a una falta gravísima, con multas de hasta 3 UTM y posibilidad de retención del vehículo, suspensión de licencia y hasta cancelación en caso de reiteración de infracciones.

Desarrollado por BioBioChile

Este miércoles, el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, anunció la implementación de nuevas sanciones con multas a quienes pongan luces a su patente e impidan su lectura.

La medida se complementa a otra iniciativa vigente desde abril que, si bien ya existía en nuestro país, se modificó para que la falta sea más efectiva.

Los nuevos cambios se enmarcan en la Ley 21.601, más conocida como la Ley de Tránsito. El artículo 71 de la norma establece que “se prohíbe el uso de cualquier foco o luz que induzca a error en la conducción”.

Estipulando que los dispositivos luminosos, fijos o giratorios, quedan relegados a vehículos de emergencia o similares.

El detalle de las multas por luces en la patente

A lo que establecía la Ley de Tránsito, a partir del miércoles 17 de julio entró en vigencia un decreto que modifica lo estipulado sobre la aplicación de luces que impidan leer las patentes.

Como detalla el documento, el objetivo de esta nueva regla es “evitar que continúen utilizándose luces que impiden la lectura de las placas patentes e imposibiliten la identificación del vehículo”.

Lo anterior “tanto por cámaras u otros dispositivos electrónicos, como por testigos de posibles contravenciones, infracciones o hechos que revistan caracteres de delito”.

Quienes infrinjan esta nueva modificación y sean avistados con luces en su patente, se arriesgan a cometer una falta menos grave, que implica multas de hasta 1 UTM ($65.967 en julio). Pero no quedaría allí, puesto que la sanción también implica un rechazo al realizar la revisión técnica.

Para graficar la infracción, el Ministerio de Transportes diseñó una imagen que evidencia lo que está prohibido:

Estas son las nuevas multas por poner luces a la patente de vehículos o taparla
MTT

Sanciones por tapar u ocultar la patente

Esta sanción se complementa a un cambio aplicado en abril a la Ley de Tránsito, que modifica el ocultamiento de la placa patente, pasando de delito a una falta gravísima.

Como patente oculta se entiende que la matrícula está en mal estado, o tenga un deterioro considerable, o si está cubierta o tiene cualquier elemento, fijo o móvil, que dificulta su identificación total o parcial.

El hecho de que anteriormente fuera delito, implicaba que la infracción era más difícil de probar, por lo que ahora basta que se compruebe en una fiscalización.

Según el artículo 201 de la Ley de Tránsito, la pena de multa para infracciones o contravenciones gravísimas es de 1,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales ($98.950 a $197.901 en julio).

También, el vehículo puede ser sacado de circulación, retenido y llevado a corrales municipales.

Además, el Juez puede decretar la suspensión de la licencia de conducir por un plazo de 5 a 45 días. En caso de cometer dos infracciones gravísimas en menos de 12 meses, la licencia puede ser suspendida de 45 a 90 días. Si el número asciende a tres o cuatro, el Juez puede decidir cancelar tu licencia de conducir.