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¿A cuánto sube la pensión de alimentos ahora que aumentó el sueldo mínimo?

01 julio 2024 | 15:39

En Chile, la pensión de alimentos es una obligación legal que recae en uno de los padres cuando están separados o divorciados.

La cuantía de esta pensión depende de varios factores, incluyendo el salario del progenitor responsable y el ingreso mínimo mensual. La pensión de alimentos garantiza el bienestar de los niños, niñas y adolescentes, cubriendo sus necesidades básicas y educativas hasta la enseñanza superior.

En ese sentido, con el aumento del sueldo mínimo a $500.000 este 1 de julio de 2024, la pensión de alimentos también experimenta cambios significativos, impactando directamente los montos mínimos establecidos por la ley.

Nuevos montos de la pensión de alimentos

Con el reciente incremento del sueldo mínimo, los montos mínimos de la pensión de alimentos también han aumentado. A partir de hoy, los nuevos montos son los siguientes:

  • Para un solo hijo: La pensión mínima se establece en $200.000 mensuales, lo que corresponde al 40% del nuevo sueldo mínimo.

  • Para más de un hijo: En este caso, la pensión mínima es de $150.000 por cada hijo, lo que equivale al 30% del sueldo mínimo por cada uno.

    Recordar que estos son montos mínimos, por lo que pueden variar de caso a caso dependiendo del fallo del juez y las disposiciones de la ley.

    Para las familias beneficiarias, este aumento representa un alivio económico que permite cubrir de mejor manera las necesidades básicas y educativas de los menores. No obstante, para los padres o madres que deben pagar la pensión, es crucial planificar adecuadamente sus presupuestos para cumplir con esta obligación sin comprometer su estabilidad financiera.

    ¿Hasta cuándo se paga la pensión de alimentos?

    La legislación chilena establece que la obligación de pagar la pensión de alimentos se mantiene hasta que los hijos alcanzan los 21 años. Sin embargo, si los hijos están cursando estudios superiores en una universidad o instituto profesional, el deber de proveer esta pensión se prolonga hasta los 28 años.

    Además, en casos de discapacidad física o mental que impidan la autosuficiencia, el juez puede determinar que esta obligación se extienda indefinidamente para garantizar la supervivencia y el bienestar del menor.