Solo en lo que va de mayo, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) ha cobrado al menos unos $8.800 millones de pesos en multas a compañías eléctricas por errores de facturación a clientes. Ante estos hechos, en esta nota te contaremos cómo revisar cobros indebidos en la cuenta de luz.
El pasado martes 7 de mayo, la SEC informó que aplicó una multa de alrededor de $2.300 millones a Enel y CGE por incumplir con la normativa que regula los procesos de facturación de consumos, es decir, de los clientes.
Esto surgió a raíz de denuncias que recibió el ente fiscalizador respecto a montos que no tenían justificación y se encontraban bajo el título de “Consumos No Registrados (CNR)” en las boletas.
Una semana después, la SEC multó con más de $6.500 millones a estas compañías generadoras por las mismas razones. Solo de parte de Enel se recibieron 360 reclamos de clientes por cobro de seguros de vida, de salud y asistencias.
¿Cómo revisar cobros indebidos en la cuenta de luz?
En conversación con LUN, el organismo detalló en qué apartados de la boleta hay que fijarse para notar eventuales cobros indebidos por parte de las empresas.
En ese sentido describen que en la página 2 de la boleta se enlistan los cobros, como:
-Administración del servicio.
-Transporte de electricidad: los costos de llevar la energía desde los generadores a la casa.
-Electricidad consumida: la energía que consumió el grupo familiar.
En esta misma página, un poco más abajo se detallan convenios u “otros cargos”, que pueden corresponder a repactación de deudas, subsidios y cuotas por deudas durante la pandemia.
La SEC también reportó que otro de los cobros extras que pueden producirse son los de Consumo No Registrado (CNR), que es un cobro por consumo que por una u otra razón no fue registrado en el medidor.
Si las personas notan cobros indebidos en su cuenta de luz, deben contactarse con la empresa generadora de electricidad a través de cualquiera de los diferentes canales que poseen para hacer el reclamo. La compañía tiene un plazo de 30 días para responderlo.
De no hacerlo, las y los clientes pueden ingresar un reclamo directo en la SEC, en su sitio web www.sec.cl.