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La Dirección del Trabajo confirmó el "derecho adquirido" de los trabajadores del retail que no trabajaron en Viernes Santo en años anteriores, otorgándoles descanso absoluto este 18 de abril sin afectar sus remuneraciones. Sin embargo, no aplica para empleados nuevos. Grandes tiendas como Falabella, Ripley y Paris abrirán sus puertas, ya que no es un feriado irrenunciable. Los únicos exentos serán los que tienen el descanso como derecho adquirido.
La Dirección del Trabajo confirmó el “derecho adquirido” de aquellos trabajadores que no tuvieron que trabajar durante el feriado de Viernes Santo de anteriores conmemoraciones de Semana Santa, por lo que muchos se preguntan cómo funcionará el comercio este fin de semana largo del 2025.
Recordemos que según la ley y el calendario nacional, este año son libres el viernes 18, sábado 19 y domingo 20 de abril; sin embargo, ninguno es un feriado irrenunciable.
¿Cómo funcionará el comercio y quiénes deben trabajar en Semana Santa 2025?
Mediante a un dictamen, la Dirección del Trabajo resolvió que los trabajadores del retail que NO trabajaron anteriormente durante un Viernes Santo tienen como un derecho adquirido el “descanso de forma absoluta” para este feriado del 18 de abril, sin que afecte sus remuneraciones.
Esto último no aplicaría para trabajadores nuevos, pues al no existir una acción consolidada en el tiempo (el descanso), no existe un derecho adquirido, dice la DT.
Vale destacar que la discusión se abrió luego de que Falabella, Ripley y Paris anunciaran la apertura de sus tiendas para la jornada religiosa; cosa que no hicieron en los últimos 20 años.
Así, al no ser un feriado irrenunciable, el comercio tiene la facultad de funcionar de manera normal durante el fin de semana largo de Semana Santa 2025. Eso sí, deben compensar a sus trabajadores por ser feriado, de la forma en que la ley faculta.
De esta manera, los únicos exceptuados de trabajar, serían aquellas personas que no trabajaron anteriormente -de forma reiterativa- en Viernes Santo, que, como confirmó la autoridad, tienen ese día de descanso como un derecho adquirido.
¿Cuáles son los únicos feriados irrenunciables?
De acuerdo a la ley, en Chile existen 5 feriados irrenunciables en el año, que son aquellas jornadas en que los trabajadores no pueden ejercer sus funciones, aunque tengan un acuerdo previo con su empleador.
Estos son:
Año Nuevo: 1 de enero
Día del Trabajador: 1 de mayo
Fiestas Patrias: 18 de septiembre
Día de las Glorias del Ejército: 19 de septiembre
Navidad: 25 de diciembre
Eso sí, existen excepciones respecto a quiénes pueden trabajar un feriado irrenunciable, o mejor dicho, los comercios habilitados para hacerlo de forma legal:
• Clubes.
• Restaurantes.
• Establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets).
• Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
• Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
• Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como “bencineras” o “bombas de bencina”).
• Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
• Tiendas de conveniencia dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.