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A casi 10 años de la entrada en vigencia del Acuerdo de Unión Civil en Chile en octubre de 2015, se destaca un aumento en la cantidad de uniones civiles celebradas, alcanzando las 14.709 en 2024 frente a las 2.197 en 2015, aunque aún son inferiores a los matrimonios que llegaron a 66.681 en 2024 desde los 61.750 en 2015. El AUC permite a parejas, tanto heterosexuales como homosexuales, regularizar aspectos legales de su vida en común, siendo una de las diferencias clave con el matrimonio donde se adquiere el estado de casados. Otras distinciones incluyen la adopción de niños, la necesidad de testigos al contraerlo, el régimen de bienes y la posibilidad de divorcio unilateral, siendo este último más complejo que en el matrimonio.
¿Cuáles son las diferencias entre el Acuerdo de Unión Civil y el matrimonio a casi 10 años de su entrada en vigencia? En esta publicación te contamos.
Tal como leíste. En octubre de 2015 comenzaron a celebrarse los primeros AUC en el país, permitiendo que parejas heterosexuales, como homosexuales, pudieran celebrar su unión legal como convivientes civiles.
A una década de esta iniciativa, que logró ser un avance en su momento, las cifras revelan un incremento de personas que optan por firmar este contrato, sin embargo, siguen siendo inferiores en comparación al matrimonio.
Según datos del Registro Civil, citados por Emol, en 2024 se registraron 14.709 uniones civiles, versus las 2.197 que alcanzaron a pactarse en 2015. En 2016, en tanto, se celebraron 7.340.
Ahora bien, tal como señalamos, estos números están muy por debajo de los matrimonios. Mientras que en 2015 se contrajeron 61.750 de ellos, en 2024 llegaron a 66.681.
Las diferencias entre el Acuerdo de Unión Civil y el Matrimonio
ChileAtiende explica que el AUC consiste en un “contrato solemne que permite que dos personas, de distinto o igual sexo y que viven juntas, regularicen los aspectos jurídicos propios de una vida afectiva en común, estable y permanente“.
Desde el momento en que lo firman, la pareja adquiere el estado de convivientes civiles, que es una de las primeras diferencias que tiene con el matrimonio, donde ese estado es de casados.
De acuerdo con el sitio Grupo Defensa, otra de las diferencias es que las parejas no necesitan testigos para firmar un AUC, distinto al caso del matrimonio. Es así que basta con la manifestación de la voluntad de hacerlo.
Además, apuntan que en el matrimonio, los cónyuges pueden optar a la adopción de niñas y niños, sin embargo, no es posible hacerlo en el Acuerdo de Unión Civil, por el momento.
Por otro lado, el sitio señala que en el matrimonio, la sociedad conyugal es el régimen de bienes por defecto. A contraparte, en el AUC es la separación de bienes, lo cual puede modificarse por una “comunidad de bienes”, donde la pareja expresa voluntariedad en compartirlos.
Finalmente, según constata la Superintendencia de Seguro Social (Suseso), cuando los convivientes sociales deciden poner término a su AUC, una de las alternativas es que lo pueden hacer por mutuo acuerdo o por voluntad unilateral de uno de ellos.
Esta última opción es una de las más dispares en comparación con el matrimonio, donde ambas partes deben estar de acuerdo para concretar el divorcio. La abogada, Ángela Masson, señaló a La Tercera que si bien existe el divorcio unilateral, el proceso es más complejo debido a que requiere realizar una demanda ante un juez para que lo declare. Asimismo, se requiere comprobar que la pareja ha vivido 3 años con cese de convivencia.