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Cárcel y multas: las nuevas sanciones por huir de un control policial según proyecto de ley
Lunes 02 diciembre de 2024 | 14:42
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La Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó un proyecto de ley que sanciona a conductores que huyan de controles policiales, contemplando multas o presidio según las consecuencias de la fuga, como lesiones a personal policial. La propuesta busca modificar la Ley de Tránsito debido al aumento de evasiones, señalando que muchos fugitivos son delincuentes evitando ser controlados por órdenes de detención vigentes. El proyecto plantea penas que van desde presidio menor en su grado mínimo hasta presidio menor en su grado máximo, dependiendo de los daños causados o las lesiones resultantes, con multas de hasta 6 UTM ($407.544) y sanciones como la prohibición de conducir por varios meses.
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Recientemente, la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el articulado de un proyecto de ley que sanciona a los conductores que huyan de un control policial.
La propuesta establece sanciones con multas o presidio, dependiendo de las consecuencias que cause esa fuga, por lesiones a personal de Carabineros u otras personas.
Para llevarlo a cabo, la iniciativa plantea una modificación a la Ley de Tránsito (18.290) fundamentándolo en el aumento de casos de este tipo de evasiones. Incluso, señala que “muchas veces también, son delincuentes que no queriendo ser controlados por la autoridad policial, por órdenes de detención vigentes o delitos previamente cometidos, huyen de la referida fiscalización con las consecuencias complejas”.
¿Qué multas plantea para conductores que huyan de un control policial?
En ese sentido, de avanzar en el Congreso y conseguir su aprobación, el proyecto agregaría el artículo 195 a la Ley de Tránsito, que establece que “el conductor de un vehículo motorizado que siendo intimado por las policías para un control o fiscalización, no detuviere su marcha o huyere, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo, ya sea que no se ocasione daño alguno, o que con ello se causen daños materiales o lesiones leves”.
Para dar cumplimiento a ello, propone 4 sanciones que incluyen multas y presidio. En el detalle, las penas quedarían de la siguiente forma:
Prisión en su grado máximo (41 a 60 días). Además, multa de 4 a 6 UTM ($269.176 a $407.544), con prohibición de 6 meses para conducir un vehículo motorizado.
Presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días). También incluye la suspensión de licencia por 9 meses, si causa daños materiales o lesiones leves.
Si hay lesiones menos graves, la sanción será presidio menor en su grado medio (desde 541 días a 3 años y un día), prohibición de 18 a 36 meses para conducir.
Si las lesiones son graves o causan la muerte de un tercero, la pena será de presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años), con la inhabilitación de 36 a 60 meses para conducir un vehículo motorizado.
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