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En Chile, el uso excesivo de la bocina de los autos en situaciones cotidianas está regulado por la Ley de Tránsito, que prohíbe su uso en zonas urbanas y rurales, a menos que sea estrictamente necesario. La normativa también especifica que no debe utilizarse en túneles ni al entrar o salir de estos. Quienes no cumplan con esta regulación se arriesgan a multas que van desde 0,2 hasta 0,5 Unidades Tributarias Mensuales, es decir, entre $13.272 y $33.181, según el valor de la UTM.

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En Chile, es común que en el contexto de congestión vehicular, los automovilistas se exasperen y comiencen a tocar la bocina de su auto, sin saber que podrían estar transgrediendo la ley.

De hecho, en circunstancias distintas a la antes mencionada, como para notificar el arribo a un lugar, “saludar” a un peatón o a modo de reto hacia otro conductor, el claxon de los vehículos parece no detenerse en la ciudad.

Sin embargo, el uso indiscriminado de este elemento de alerta está regulado de forma clara en la Ley de Tránsito. Revisa lo que dice la normativa sobre esta materia.

¿En qué circunstancias puedes tocar la bocina de tu auto según la ley?

El artículo 74 es el responsable de esta restricción y establece que el aparato sonoro de los autos está prohibido en zonas urbanas y rurales, determinando que en estas últimas solo podrá utilizarse en caso de ser necesario.

Además, la normativa establece que esta regla exceptúa a los vehículos de emergencia que se encuentren en servicio de carácter urgente. En esa misma línea, la Ley de Tránsito especifica que el resto de los autos podrán usarlo solo para prevenir un accidente o cuando su uso “fuere estrictamente necesario”.

En tanto, plantea que tampoco podrá utilizarse dentro de un túnel, así como al entrar o salir de este.

Riesgo de multas

Quienes infrinjan la normativa se exponen a multas. Así lo explicó el ministro de Transportes y Telecomunicaciones a ADN, donde señaló que las personas que sean sorprendidas incumpliendo la medida arriesgan cometer una falta leve.

Esta sanción está ligada a una multa económica, que va de 0,2 a 0,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, de $13.272 hasta $33.181, de acuerdo al valor que tiene la UTM a septiembre de 2024.