Durante el último fin de semana largo, 18 homicidios tuvieron lugar a lo largo del país, de los cuales 17 ocurrieron solo en la región Metropolitana. La mayoría, producto de balaceras, riñas y aparentes ajustes de cuentas.
Al respecto, una de las autoridades que se pronunció sobre la actual crisis de seguridad fue el senador José Miguel Insulza (PS), quien a través de su cuenta de X hizo un llamado al Gobierno a decretar Estado de Sitio en la capital.
¿Qué es el Estado de Sitio y qué restricciones impone?
El Estado de Sitio es uno de los cuatro estados de excepción constitucionales contemplados en la Constitución. Estos estados pueden ser declarados por el Presidente de la República en situaciones extraordinarias y graves que alteren la normalidad y regularidad de los derechos y libertades en el país. La finalidad de estos estados excepcionales es proteger un bien mayor.
El Estado de Sitio, específicamente, puede ser decretado por el Presidente de la República con el acuerdo del Congreso Nacional. Esto se aplica en casos de guerra interna o de “grave conmoción interior”. La duración inicial de este estado de excepción es de 15 días, pero puede ser prorrogada según lo establecido en el artículo 40 de la Carta Fundamental.
Durante el Estado de Sitio, el gobierno tiene facultades extraordinarias para enfrentar las situaciones que lo justifican, lo que puede incluir restricciones a ciertas libertades y derechos con el objetivo de restablecer el orden y la seguridad.
Según lo establecido en la Constitución Política de la República, las facultades que otorga son:
Restringir la libertad de locomoción. Arrestar a las personas en sus moradas o en lugares que la ley determine y no sean cárceles, ni estén destinados a la detención de reos comunes. Suspender o restringir el ejercicio del derecho de reunión.
El Congreso Nacional debe pronunciarse sobre la declaración de estado de sitio del Presidente dentro de cinco días, aceptando o rechazando la proposición sin modificaciones. Si no se pronuncia en ese plazo, se entiende aprobada.
¿Cuaĺ es la diferencia con el Estado de Emergencia?
Los estados de excepción constitucional en Chile son cuatro, y corresponden a: Estado de Asamblea, Estado de Sitio, Estado de Emergencia y Estado de Catástrofe.
Por ejemplo, el Estado de Asamblea se declara en caso de guerra externa, mientras que el Estado de Catástrofe se declara en caso de calamidad pública, como desastres naturales.
En cuanto al Estado de Emergencia, este se declara en caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación y permite al Presidente de la República restringir las libertades de locomoción y de reunión. Se declara por quince días, siendo prorrogable luego por quince días más. Luego debe solicitarse en acuerdo con el Congreso Nacional para sucesivas prórrogas.
Recordar que el Estado de Sitio, como se mencionó anteriormente, debe declararse en acuerdo con el Congreso en un plazo máximo de cinco días. Además, permite efectuar arrestos en moradas o lugares que la ley determine.