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Durante las celebraciones de Fiestas Patrias, trabajadores y pensionados esperan con entusiasmo el aguinaldo correspondiente, un beneficio monetario que les permite costear una parte de los gastos en estas festividades. Este 2024, el aguinaldo incluye montos específicos para ambos grupos, con incrementos basados en las cargas familiares para los pensionados. El aguinaldo se asigna automáticamente a quienes cumplan con los requisitos, entregándose junto con las pensiones para los jubilados y con los salarios para los empleados públicos. Para los pensionados, el monto es de $24.261, con $12.446 adicionales por carga familiar, mientras que para trabajadores públicos varía de $85.093 a $59.071 dependiendo del sueldo líquido en agosto de 2024, requiriendo ocupar cargos específicos en entidades como universidades estatales y sectores de la Administración del Estado traspasados a municipalidades.

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Durante las celebraciones de las Fiestas Patrias, trabajadores y pensionados esperan con entusiasmo el aguinaldo correspondiente, un beneficio monetario que les permite costear una parte de los gastos en estas celebraciones.

Como todos los años, este 2024 el aguinaldo viene con montos específicos tanto para pensionados como para trabajadores públicos, incluyendo incrementos según las cargas familiares para los primeros.

Recordar que el aguinaldo de Fiestas Patrias se asigna automáticamente a quienes cumplen con los requisitos estipulados. Los pensionados lo recibirán junto con su pensión, mientras que los empleados públicos lo recibirán junto con su salario.

Aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados

Según el artículo 21 de la ley 21.647, el monto del aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 para pensionados es de $24.261, con un adicional de $12.446 por cada carga familiar.

Podrán acceder al beneficio aquellos que a agosto de 2024 estén pensionados a través de alguna de las siguientes entidades:

  • IPS (Pensión Garantizada Universal o Pensión Básica Solidaria de Invalidez).
  • Ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Instituto de Seguridad Laboral.
  • Mutualidades de Empleadores.
  • Exonerados Políticos (Ley Nº 19.234).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992, incluidas las pensiones de sobrevivencia del artículo séptimo transitorio de la Ley N° 20.405 (Valech).
  • AFP o compañías de seguro que reciben PGU, Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios del subsidio de incapacidad.
  • Beneficiarios de la indemnización del carbón.
  • Aguinaldo de Fiestas Patrias para trabajadores públicos

    Según el artículo 8 de la misma ley, el aguinaldo para trabajadores del sector público se divide en dos categorías:

    Para quienes tienen un sueldo líquido igual o inferior a $984.282 a agosto de 2024, el aguinaldo es de $85.093.

    Para quienes tienen un sueldo líquido superior a $984.282 a agosto de 2024, el monto es de $59.071.

    Para obtener este aguinaldo, se debe ocupar cargo de planta o contratación en entidades como universidades estatales, sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades, corporaciones de Asistencia Judicial, entre otros.