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Ley de debida diligencia: Chile demanda un nuevo estándar ético a las empresas

01 octubre 2024 | 11:20

En la actualidad, hablar de negocios exitosos ya no se reduce a balances financieros o expansiones de mercado. En una sociedad cada vez más informada, las empresas están siendo interpeladas no solo por sus accionistas, sino también por la población en su conjunto. Este nuevo escrutinio tiene un nuevo eje central: el respeto por los derechos humanos. Y Chile no es la excepción.

En los últimos años, hemos visto cómo diversos escándalos han empañado la reputación de grandes compañías. Por ejemplo, en agosto, tras un sistema frontal que dejó a miles de familias sin electricidad durante días, se reavivó el debate sobre la necesidad de poner fin a las concesiones de las compañías de distribución eléctrica.

Los cortes prolongados, en medio de las duras condiciones climáticas, afectaron gravemente a muchas personas, evidenciando la falta de preparación y la escasa inversión de las distribuidoras en mejorar su infraestructura. Estos incidentes no son simples fallas técnicas; son reflejos de cómo la falta de responsabilidad empresarial puede vulnerar derechos básicos.

Asimismo, el reciente escándalo por el tráfico de influencias, delitos tributarios y soborno del abogado Luis Hermosilla ha dejado en evidencia conductas reñidas con la ética de diversas empresas, para obtener autorizaciones del ejecutivo para sus negocios o certificación de cumplimiento por la Comisión del Mercado Financiero. La falta de regulación eficaz en estos casos revela un vacío que urge llenar, desde una perspectiva de derechos humanos y desde un sentido de justicia económica y social.

Fortalecimiento de las normativas y Ley de Debida Diligencia

Ante estos antecedentes, nos enfrentamos a una pregunta esencial: ¿cómo pueden las empresas garantizar que sus operaciones no vulneren estos derechos? La respuesta pasa necesariamente por el fortalecimiento de las normativas.

En Europa, la Directiva de Debida Diligencia Corporativa Sostenible de la Unión Europea, recientemente aprobada, exige que las empresas actúen proactivamente para proteger los DDHH y el medio ambiente a lo largo de toda su cadena de suministro. La debida diligencia, en este sentido, implica que las empresas no solo se comprometan a respetar estos derechos, sino que también adopten procesos para identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas sobre los impactos adversos que sus operaciones pueden generar.

La ONU también estableció un estándar al respecto, en su documento “Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos” del 2011. Allí define que las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos, evitar la complicidad en su violación y, cuando sea necesario, remediar los daños causados, pero Chile se encuentra rezagado en este ámbito dado que esta responsabilidad aún no se traduce en un mandato legal.

Por esto, creemos que en nuestro país necesitamos una legislación de debida diligencia que no solo obligue a las empresas a cumplir con estándares éticos, sino que también brinde mecanismos efectivos de fiscalización y sanción para quienes no cumplan, y de remediación a los afectados.

Las empresas en Chile deben asumir su rol como actores sociales claves, llamados a respetar los derechos humanos, por cuestión ética urgente y como una estrategia inteligente para asegurar su futuro en un mundo cada vez más exigente y competitivo. Porque, como hemos visto, el costo de ignorar los derechos humanos no es solo moral; también es económico.