A la reticencia inicial del gobierno a normar nuestra soberanía antártica en la nueva Constitución, se añade ahora su renuncia a cumplir con el mandato legal derivado del Estatuto Antártico de 2020, que obliga al Estado a dictar, antes de marzo de este año, nueve reglamentos destinados a ejercitar la gobernanza de nuestros territorios subantárticos y antárticos.
Todo indica que ninguno de esos reglamentos está listo, ni menos en aplicación, lo cual equivale a un sensible abandono de sus obligaciones jurídicas por parte de los Ministerios responsables. En otras palabras, estamos ante una infracción legal de ministros de Estado, que han dejado sin ejecución el Estatuto Antártico (ley de la República), cuya finalidad principal es, nada más ni nada menos, que viabilizar la aplicabilidad de la legislación chilena en el sector antártico de nuestro país.
Un abandono que coquetea con una vocación universalista del gobierno, que además huye del concepto de soberanía polar, y opta por una doctrina en cual la Antártica Chilena “es de nadie, y es de todos”.
Omitir que nuestro ordenamiento jurídico se aplique en la Antártica Chilena será recordado como un hecho inédito en la historia polar del país, un episodio además impensado atendido el “origen magallánico” del presidente de la República.
Como si fuese poco, esta espiral de incompetencia se agudiza luego de examinar una propuesta del Ministerio de RR.EE. al Consejo Constitucional para consagrar una mención específica a la Antártica en el nuevo proyecto de Carta Magna.
Con una redacción incongruente con la importancia de la materia, la propuesta de la Cancillería no solo denota superficialidad y desprolijidad, sino que sentencia a nuestro territorio antártico a ser un espacio para la ciencia y la cooperación internacional, olvidando que el citado Estatuto Antártico prescribe que en este asunto la prioridad está en que todas las actividades antárticas del Estado converjan directa o indirectamente en una idea central: fortalecer los derechos soberanos de Chile.
Entonces, si sumamos esta propuesta de la Cancillería al incumplimiento del Estatuto Antártico, los derechos de Chile en el continente blanco (más que centenarios) quedan reducidos a la simple función de ser “guardaparques de la Antártica”. Mientras tanto, otros países -especialmente los llamados “reclamantes de soberanía”- prefieren avanzar en agendas políticas soberanistas, postergando, por razones tácticas, las definiciones de fondo sobre futuro de la Antártica.
El incumplimiento del mandato legal que ordena el Estatuto Antártico es en sí un hecho grave, que pone al gobierno en una delicada infracción jurídica, que se origina en el descuido y falta de profundidad que imperan en algunos órganos del Estado de Chile responsables de gestionar la Política Nacional Antártica (para casi 3 millones de kms2). A estas alturas, y luego de esta seguidilla de desaciertos con nuestra región de Magallanes y Antártica Chilena, es claro que, comenzando por un rediseño al institucionalidad antártica, el próximo gobierno deberá corregir el rumbo, y estar a la altura de los desafíos internacionales de nuestra región de Magallanes, sin duda entre los más complejos y trascendentes para el interés de largo plazo del país.