En los momentos de dificultad y sufrimiento las personas deben unirse y apoyarse, esa es la riqueza de la humanidad y de la vida en sociedad. A veces, uno no sabe cómo puede alcanzar a más personas para tenderles una mano, pero es cosa de observar y pensar en las necesidades que puede generar una catástrofe como la que vivimos con los incendios, para darse cuenta en qué podemos ayudar cada uno de nosotros.
Este es un humilde aporte desde una mirada jurídica, especialmente para agricultores, ganaderos, pequeños y medianos propietarios forestales de nuestro país usuarios de INDAP, pues normalmente sus créditos cuentan con seguros que tienen cobertura de incendio (POL120130161 y CAD120130517), concretamente Agroseguros ofrece seguros de compañías como HDI, SURA, Mapfre donde se entregan pólizas de seguro agrícola, pecuario, ovino, apícola, forestal que tienen cobertura de incendio. Esto quiere decir que serán indemnizados frente a un incendio, lo que permite disminuir en algo los altos costos y pérdidas materiales.
Por ello, es importante saber cómo cobrarlos. En primer lugar, se debe dar aviso del siniestro; esto se hace realizando una denuncia o constancia policial y notificando a la compañía de seguros. En esta denuncia se debe entregar la siguiente información: el nombre y rut del afectado, idealmente el número de póliza, el cultivo afectado, causa y fecha del incendio, nombre del predio, potrero que sufrió el daño y teléfono de contacto. Este aviso debe realizarse lo antes posible, porque los seguros tienen un número de días de plazo para llevar a cabo la notificación.
Ahora, ¿dónde hacer la denuncia? Se puede realizar telefónicamente o mediante formularios online en las compañías de seguros, también con corredores de seguros y en Indap, que cuenta con oficina virtual.
El problema es cuando no se tiene todos los antecedentes (en especial su número particular de póliza); en estos casos se recomienda contactar al ejecutivo de Indap, porque pueden identificar con el rut de la víctima qué pólizas tiene vigente y cúal deben aplicar al caso. Pero también existe la página de la Comisión para el Mercado Financiero, que puede entregar información sobre los seguros contratados mediante su clave única.
Luego de esto se iniciará el proceso de liquidación, en el que se designará un liquidador oficial y un inspector para verificar presencialmente la causa del siniestro y los daños, entre otros aspectos. Con estos antecedentes se redacta el informe de liquidación. Ahora, es recomendable tener presente que la víctima (asegurado) puede no estar conforme con la liquidación y así impugnar el informe.
Por Carolina Bardisa, académica carrera de Derecho, Universidad de Las Américas Sede Concepción