La propuesta constitucional contiene muchas ambigüedades en nudos críticos como seguridad, sistemas de justicia y propiedad. En este último el justo precio en materia de expropiación cobra relevancia para las decisiones económicas de las personas.

Uno siempre puede rectificar en la vida y cambiar de opinión, sobre todo cuando emitimos un primer comentario en un momento en que nos encontramos embargados por una emoción o un estado de conocimiento inferior. Pero lo que jamás se puede hacer es andar con ambigüedades y menos aún si se dirige el destino de un país.

Se debe tener en consideración que quienes están a cargo del Gobierno, y que han sido elegidos democráticamente por cuatro años, son vistos constantemente por una generación que se está formando. Por lo tanto, estas personas -para bien o para mal- pasan a ser referentes de jóvenes y niños que no entienden de metáforas.

La economía es manejada por seres humanos, por lo que en ella se pueden ver actitudes propias de los mismos. Lamentablemente, hace más de un año la gran mayoría de los chilenos y chilenas comenzamos a pagar el precio de las políticas económicas irresponsables y ambiguas de nuestros políticos, las que se han visto reflejadas en el hecho de que las personas estén postergando decisiones económicas.

Los líderes se miden en varios aspectos. Uno de ellos es en cómo enfrentan las consecuencias de sus actos y se hacen responsables de estos. Por este motivo, la ambigüedad termina siendo entendida como una forma de eludir la responsabilidad o no asumir verdades incómodas y el pueblo termina dándose cuenta de cuando alguien es tibio y sin muchas convicciones.

En este camino constitucional que ya se acerca al final de su primera parte, hemos visto mucha ambigüedad por parte de la opción que defiende la propuesta constitucional de la Convención, porque -queramos verlo o no- el texto es ambiguo y ha dado lugar a múltiples discusiones en casi todos los ámbitos que regula, siendo finalmente ese el problema más grave del texto, ya que con ese nivel de ambigüedad se puede caer fácilmente en la arbitrariedad y los abusos.

Hasta hace un par de semanas se discutía qué se entiende por “justo precio” en materia de expropiación y se decía que era lo mismo que el actual respecto al daño patrimonial efectivamente causado. Finalmente, en un acto de honestidad el ministro Jackson dijo que no era así, porque podía ser más bajo que el precio de mercado.

Tengamos en cuenta que cuando se habla de daño patrimonial efectivamente causado se tiene en cuenta no sólo el valor del terreno expropiado, sino que también de otros efectos de la expropiación por ejemplo: costos de traslado.

La propuesta constitucional deja que un burócrata defina qué es un justo precio, excluyendo al mercado de la decisión de su determinación, pese a que es justamente el mercado el que maneja toda la información para determinar un precio justo y no así el burócrata. Por lo tanto, alguien pierde cuando se hace de esta forma.

En teoría económica la demanda por un bien o servicio está en función de una serie de variables -entre ellas el ingreso del consumidor, los gustos, etc- y cuando alguno de esos elementos cambia hacia un lado positivo o negativo la demanda se desplaza completamente bajando o subiendo el precio de ese bien o servicio.

El precio de mercado de un terreno depende de la plusvalía del sector, ya que lo impacta positivamente en caso de tener un parque o un centro comercial cerca, o de forma negativa si tiene un recinto carcelario en sus cercanías. Además, estos son criterios que se consideran a la hora de establecer el avalúo fiscal para el cobro de contribuciones por parte del Fisco, que es el Estado en su versión patrimonial. ¿Por qué entonces los privados no podrían considerar estos aspectos en sus transacciones comerciales y más aún si se trata de una expropiación?

Esto viene a constituir otro ejemplo del espíritu del texto constitucional propuesto, en el que la voluntad del Estado se impone a la del individuo y viene a coartar su libertad. Por eso, que un burócrata diga que para el caso de una expropiación que un parque no tiene valor y disminuya arbitrariamente el valor del terreno, constituye un robo al patrimonio de las personas.

Por lo demás, si recordamos casos de especulación abusiva y con trampa, nos vamos a encontrar con dos emblemáticos: uno fallido y otro exitoso, en que se pretendía o se obtuvo una utilidad, pero con complicidad de políticos que podían determinar mediante una decisión administrativa el menor o mayor valor de un terreno. Si esta propuesta de constitución entrara en vigencia, esto sería pan de cada día y no casos puntuales.

Uno de ellos es el Caso Caval, donde si bien existía una especulación de comprar barato y vender caro, porque “podía” y bien remarcadas las comillas, porque existía una gestión en paralelo para que se cambiara el uso de suelo, este es un cambio de uno de los elementos de la demanda, por lo tanto, iba a desplazar la demanda y el precio iba a subir.

Y eso es lo que parece que el ministro Jackson y los que hicieron la propuesta constitucional no saben, ya que basta cambiar una variables -en este caso el uso de suelo- para generar un cambio en la demanda y que se pague un sobreprecio del terreno.

Quien mejor puede explicar este funcionamiento es el papá del presidente Boric, quien compró un terreno con un avalúo fiscal de $3.277.000 y cuyo precio de compra, que fijó el Serviu, superó en 46 veces ese valor. Además, cuando el padre de Boric compró, el terreno era agrícola, pero en 2004 cuando Juan Morano era alcalde de Punta Arenas, se cambió el uso de suelo a residencial, lo que incrementó ostensiblemente su valor comercial.

Precisamente la sobrevalorización del terreno, en relación con la venta de otros predios similares fue una de las cosas que objetó la Contraloría, ya que la tasación comercial la hizo un funcionario público del Serviu y no un tasador independiente.

Finalmente, ese es el peligro del justo precio de expropiación tal como está determinado en la propuesta constitucional, ya que deja al arbitrio a un burócrata de perjudicar o beneficiar a las personas.

Además, de esto en materia de expropiación se genera discusión económica respecto al pago de la expropiación y el tema de la vivienda digna y propia que siguen la línea de ambigüedad del texto constitucional y que pueden terminar en abusos.

Bastantes palabras se han derrochado en advertir acerca de los efectos económicos, políticos y sociales de la propuesta constitucional de la Convención. Es de esperar que luego del domingo se imponga nuevamente la cordura, comencemos el diálogo de manera responsable y no se privilegien los intereses políticos, que hasta ahora no han hecho sino aumentar la cantidad de personas en situación de pobreza y empeorar la vida de nuestros compatriotas. Todo con una crisis económica que ya llegó.

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