Agencia UNO

Convención Constitucional y derecho a la salud

19 abril 2022 | 13:02

La propuesta de derechos en salud presentada en la comisión respectiva, votada favorablemente y lista para ser presentada al pleno de la Convención Constitucional debiese ser rechazada en dicha instancia para ser perfeccionada.

En efecto, el sector privado prestador realiza millones de prestaciones a usuarios de Fonasa que han tenido y tienen libertad de elección, escogiendo -de acuerdo con la relación calidad /precio y resultados clínicos-, desde atenciones ambulatorias hasta trasplantes de órganos. Ese tipo de intervenciones, se realizan mayoritariamente en el sector privado como complemento y mandato del sector público. Lo mismo sucede en una serie de resoluciones ambulatorias y hospitalarias en patologías Auge donde el subsector privado tiene un rol fundamental.

Hay en la iniciativa presentada un intento de suprimir la libertad de elección por razones de equidad y solidaridad. La respuesta a este punto no es la supresión de la libertad, sino que la mejoría de los mecanismos de integración entre prestadores públicos y privados.

Asimismo, la posición esgrimida por la comisión respecto a la instalación de un sistema único público integrado y universal choca con la realidad de salud de varios millones de personas, en especial cuando condiciona la existencia del sector prestador privado a ser sin fines de lucro. Incorporo aquí también a los hospitales universitarios, los cuales atienden principalmente a usuarios Fonasa libre elección y pacientes de Isapres.

La existencia de seguros privados “voluntarios” en salud, con restricciones masivas a su funcionamiento, terminará por sepultar a las Isapres y producirá consecuencias negativas en los prestadores privados y también universitarios, pasando por alterar y transformar la práctica médica, hecho potencialmente muy nefasto, sobre todo a nivel regional.

Existen otras frases que ameritan una profundización de sus alcances, y que dicen relación con la frase de: “es deber del Estado la planificación de la formación, distribución, y capacitación permanente del personal sanitario”. Es necesario clarificar qué significa esta “planificación”. ¿Reemplazará al sistema universitario y técnico? ¿Es un intento de dirigir y estatizar la formación de los profesionales de la Salud? ¿Es instalar definitivamente los tópicos que el Estado quiere que estos profesionales en formación estudien y no otros? ¿Es el fin de la libertad de cada facultad o escuela de promover sus perfiles de egreso teniendo presente las necesidades del país tanto en APS como en especialidades y subespecialidades?

El monopolio estatal en Salud -tanto en el seguro, en los prestadores y ahora en la formación de los profesionales- se da en muy pocos países, todos de orientación estatista exclusiva. Experiencias sinérgicas de colaboración público-privada existen y muchas, dejarlas de lado por decisiones ideológicas es introducir en el sector Salud un cáncer irreparable cuyas consecuencias negativas serán asumidas por millones de chilenos.

Hoy como está escrito el artículo 18 de Derechos a la Salud y por los conceptos que incorpora, se vislumbra un riesgo real de transformar un sistema integrado y complementario -con todas las mejorías pertinentes posibles-, en un verdadero plan estatista e ideologizado que carece de la visión real de millones de chilenos, casi la mitad de los médicos y más de 120 mil profesionales de la Salud.

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