El jueves 18 de noviembre pasado sostuvimos un interesante y entretenido ZOOM con la alcaldesa Karina Delfino y un par de funcionarias especializadas de la Municipalidad de Quinta Normal con motivo de una controversia que tienen con la Inmobiliaria Eurocorp, la misma que obtuvo varios permisos ilegales, guetos verticales, por parte de la administración de Rodrigo Delgado de la Municipalidad de Estación Central.
Pues bien, aprovechando las permisivas normas de edificación contenidas en el Plan Regulador Comunal (PRC) vigente en el año 2015 la inmobiliaria Eurocorp S.A. obtuvo el 09/07/15 de la Dirección de Obras Municipales (DOM) el Anteproyecto (AP) N° 17 que contemplaban 2 rígidas moles residenciales de 22 y 24 pisos con 872 departamentos a emplazarse en distintos terrenos de la calle San Pablo, al costado de la Basílica de Lourdes. La funcionaria Marcela Lamperein que otorgó ese acto preliminar señaló correctamente en el mismo que para solicitar el permiso de edificación, acto terminal, el titular del negocio debía tener fusionados los predios.
También se menciona en dicho acto que se trata de un “proyecto ingresado previamente a la postergación de permisos de edificación de acuerdo a artículo 117 LGUC y 1.4.18 OGUC, publicado el día 13/02/15”, con lo cual se evidencia que ese acto municipal se aprobó estando vigente la postergación o congelamiento de permisos, con el cual se buscaba modificar el respectivo PRC, entre otras cosas, reduciendo las alturas de los edificios y declarando la protección patrimonial de la Basílica. Al finalizar esa postergación, por lo tanto, en el año 2016, se clasifica la Basílica como Inmueble de Conservación Histórica en el PRC.
Estando vencido el AP N° 17, que por el alto volumen del mismo su duración era de un año, pero ampliándola y por lo tanto haciéndolo valer gracias a meras bondadosas interpretaciones del Minvu, que señalan que ese perentorio plazo es solo para que se ingrese una solicitud de permiso. la DOM ejercida por el funcionario Sergio Montrone, cursa el 07/11/16, luego después de un año, el permiso de edificación (PE) N° 53 a la misma empresa por 3 edificios de 26 pisos cada uno con 879 departamentos y 236 estacionamientos. De acuerdo al artículo 1.4.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) “el AP aprobado mantendrá su vigencia respecto de las normas urbanísticas consideradas en dicho AP y con las que éste se hubiere aprobado, para los efectos de la obtención del permiso correspondiente……..”, con lo cual queda claro que la ampliación del plazo es caprichosa. Ver artículo 19 del Código Civil (*)
En dicho PE N° 53 se deja escrito que “el ingreso (30/01/15) fue anterior a la postergación de permisos de altura superior de 5 pisos y la modificación del PRC que define la altura de las edificaciones, en la zona C de max.7M” y que, para solicitar la recepción de obras, deberá adjuntar el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU), lo que es erróneo pues el EIA es indispensable para que se inicien las faenas de construcción del proyecto, tal como lo ordena el artículo 8 de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio y el EISTU aprobado por el Seremi de Transportes es condición sine qua non para que el DOM acepte la solicitud de un permiso de edificación.
A todo esto, el titular del proyecto lo sometió al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en varias ocasiones, pero como Declaración de Impacto Ambiental (DIA), modificando sus características y por ello la autoridad ambiental le tuvo que poner término anticipado “por no entregar antecedentes suficientes”. En el transcurso del tiempo Eurocorp continuaba cambiando el proyecto, creyendo que en algún momento sería aprobado por la DOM, pero un cuarto proyecto fue rechazado porque debía adscribirse al nuevo y restrictivo PRC publicado en el Diario Oficial del 24/10/19.
El avispado inversionista, para ganar tiempo, presenta una modificación del proyecto en marzo de 2019, la cual fue objetada y por lo tanto oficialmente rechazada por la DOM y como no existía una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, motivo por el cual no se podían iniciar las obras preliminares según la regulación sectorial, la municipalidad debió caducar con fecha 08/11/19 el permiso, lo que opera automáticamente y de pleno derecho, por imperio del artículo 1.4.17 de la OGUC.
Desconocemos si la municipalidad aplicó la caducidad del permiso, lo que en rigor debió necesariamente hacer, para que así en cualquier momento posterior, Eurocorp solicitara un nuevo permiso ciñéndose a las normas urbanísticas más restrictivas vigentes en el PRC de Quinta Normal y respetando la nueva ley de aportes al espacio público que contempla, como exigencia, los Informes de Mitigación Vial (IMIV) que reemplazan a los EISTU, Está claro que, si la empresa argumenta que el municipio no podía caducar el permiso y dado que la aludida modificación del mismo no ha sido autorizada, esa empresa puede interponer un recurso en los tribunales y la municipalidad sabrá defender su justo actuar en la Justicia. Conociendo el desarrollo de los hechos, este columnista está seguro que la causa será ganada en la Corte Suprema por la municipalidad.
Finalmente, dado que ni Kast ni Boric, se han referido en sus campañas políticas sobre lo que sucede con la aplicación de las normas urbanísticas en el ámbito de la explotación comercial del recurso suelo en el país, esperaríamos que ahora sus consejeros arquitectos, urbanistas y geólogos los pongan al día en la materia, para que así, ambos candidatos puedan expresar, antes de la elección del 19 de diciembre, algunas pocas ideas fuerza al respecto. En tal sentido, llamamos a los periodistas entrevistadores a que se atrevan a formularles preguntas pertinentes a los candidatos sobre este asunto.