La seguridad pública requiere un enfoque sistémico donde la coordinación interinstitucional sea prioritaria.
El nuevo Ministerio de Seguridad Pública inició funciones recientemente y bajo un escrutinio inmediato. Mientras su titular, Luis Cordero, anunciaba una implementación sin “marcha blanca”, diversos actores políticos cuestionaban la designación de autoridades regionales interinas que no cumplirían con los requisitos legales de experiencia en seguridad.
Este contraste entre las declaraciones oficiales y la realidad operativa revela un patrón recurrente en la institucionalidad chilena: la disonancia entre el diseño normativo y su implementación práctica.
Áreas críticas
La Ley 21.730 establece un nuevo andamiaje institucional para la seguridad pública, pero un análisis detallado evidencia tres áreas críticas donde persisten inconsistencias estructurales.
1. La dispersión de autoridad:
Mientras el ministerio asume formalmente la conducción estratégica, los Delegados Presidenciales Regionales conservan la facultad de “requerir el auxilio de la fuerza pública”, una atribución que ni el propio ministro posee. Esta configuración genera tensiones en la jerarquía administrativa que dificultan la unidad de mando.
2. La fragmentación operativa:
La nueva cartera incorpora a Carabineros y la PDI, pero entidades fundamentales como la Policía Marítima, Aduanas y Gendarmería permanecen bajo distintas dependencias, sin mecanismos vinculantes de coordinación. Consecuentemente, operaciones contra el narcotráfico en zonas fronterizas experimentan duplicaciones o vacíos de cobertura.
3. La debilidad de los controles externos: El Comité de Prevención contra la Tortura puede emitir recomendaciones que las autoridades simplemente “deben considerar”, un estándar insuficiente comparado con modelos internacionales como el neozelandés, donde se exige respuesta formal a cada recomendación.
Superando la fragmentación en Seguridad Pública
El diagnóstico sugiere que Chile no sufre de insuficiencia institucional sino de desarticulación. Los nombramientos interinos recientes, señalados por legisladores como evidencia de “improvisación”, ilustran cómo incluso en reformas largamente planificadas persiste la brecha entre la norma y su implementación.
La experiencia comparada ofrece soluciones específicas que no requieren transformaciones constitucionales:
- Establecer una Dirección General de Policías con facultades para coordinar a todas las entidades con funciones policiales mediante protocolos vinculantes y sistemas interoperables de información.
- Reformar el artículo 12 de la Ley 21.154 para implementar un sistema donde las instituciones deban responder formalmente a las recomendaciones del Comité de Prevención contra la Tortura, siguiendo el modelo de “cumplir o explicar”.
Estas reformas puntuales, implementables mediante modificaciones legislativas específicas, permitirían superar la paradoja actual: un Estado que multiplica entidades, pero no logra articular su funcionamiento coherente.
La seguridad pública requiere un enfoque sistémico donde la coordinación interinstitucional sea prioritaria. Sin esta visión integradora, nuevas estructuras administrativas, por sofisticadas que sean, corren el riesgo de convertirse en capas burocráticas adicionales, sin impacto sustantivo en los desafíos que enfrentan los ciudadanos.