La Segunda Sala Corte Suprema rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de Cathy Barriga, que buscaba anular su reformalización, donde se le imputaron cuatro delitos de falsificación de instrumento público. La exalcaldesa continuará en prisión preventiva en la cárcel de San Miguel y pasará el Año Nuevo tras las rejas.
Cabe destacar que el jueves 26 de diciembre, Barriga fue nuevamente privada de libertad. Esto ocurrió luego de que la Corte de Apelaciones revocara la decisión del Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, que ordenó el arresto domiciliario total, modificando la medida cautelar de prisión preventiva.
Antecedentes revisados por la Corte Suprema
El máximo tribunal revisó la audiencia de formalización de la imputada, ocurrida el 16 de enero en el Noveno Juzgado de Garantía, donde el Ministerio Público formalizó a Barriga por cinco hechos.
En la reformalización del 13 de septiembre, la Fiscalía presentó una segunda comunicación de hechos, incluyendo un sexto hecho.
Posteriormente, la defensa de la exalcaldesa alegó que en la reformalización se comunicaron “hechos completamente nuevos e inéditos”, en comparación con los expuestos en la formalización de enero.
Por su parte, el Ministerio Público y los querellantes sostienen que estos hechos están relacionados con el segundo hecho planteado en la audiencia de comienzos de año.
El segundo hecho se refiere al delito de falsificación de documentos públicos. En resumen, Cathy Barriga habría entregado información falsa sobre la ejecución de los presupuestos durante su gestión como alcaldesa de Maipú entre 2017 y 2020.
“Ocultando de esta manera el déficit que existía en la administración del municipio, entrega de información que se materializó mediante informes al Concejo Municipal, su Cuenta Pública y a través de solicitudes planteadas por vía de Transparencia”, precisa el documento de la Corte Suprema.
También se planteó que lo señalado en la reformalización corresponde a cuatro delitos de falsificación de instrumento público.
Conclusión de la Suprema para rechazar el amparo de la defensa de Cathy Barriga
Por lo tanto, considerando todos los antecedentes revisados, el máximo tribunal concluyó que el segundo y sexto hechos indicados “se estiman configuradores de un mismo ilícito penal, independientemente de su calificación jurídica específica“.
Es decir, ambos apuntan hacia lo mismo: la entrega de información falsa por parte de la imputada durante su gestión como alcaldesa de Maipú. Sin embargo, los destinatarios serían distintos y habría diferencias en los montos del déficit señalado en cada año.
Además, la ejecución presupuestaria del municipio en ambos hechos corresponde al mismo período de tiempo, es decir, entre 2017 y 2020.
El escrito de la Suprema confirma que la reformalización complementa la audiencia del 16 de enero y corresponde al desarrollo de la misma investigación. Por ende, se descarta cualquier acto ilegal por parte de la Fiscalía. Así, se confirma la sentencia del 13 de diciembre dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.