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Ginecólogo condenado a seis años de cárcel por abuso sexual a pacientes. Johnny Alberto Jarsun Justiniano, de 67 años, fue declarado culpable por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago por tocamientos indebidos en consultas en Estación Central y Providencia entre 2018 y 2022. Los actos de significación sexual incluyeron tocaciones en zonas íntimas, glúteos, pechos e incluso obligó a una paciente a tocar su pene. Los jueces consideraron los hechos como abuso sexual según el Código Penal, y se le impuso también el pago de costas.

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La justicia condenó a seis años de cárcel a un ginecólogo acusado de abuso sexual en contra de sus pacientes.

Los delitos ocurrieron entre 2018 y 2022, en consultas que el facultativo mantenía en Estación Central y en Providencia.

En fallo unánime, los jueces del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago declararon culpable a Johnny Alberto Jarsun Justiniano, de 67 años.

A juicio del tribunal, el primer delito se produjo el 6 de junio de 2018, cuando una mujer llegó a consultarle por dolor al orinar. Al revisarla, cometió actos de significación sexual, tocamientos indebidos y alejados de la praxis de la especialidad médica.

Algo similar ocurrió el 9 de septiembre de 2020, con una segunda mujer. Estos dos primeros casos se dieron en Estación Central.

Finalmente, los otros dos ilícitos ocurrieron en su consulta ubicada en Providencia, el 30 de diciembre de 2020 y el 2 de marzo de 2022.

En todos los otros casos reiteró los actos de significación sexual en los cuerpos de las pacientes.

Jarsun Justiniano realizó, según el fallo, tocaciones en la zona genital, glúteos y pechos. Incluso, en uno de los casos obligó a una paciente a tocar su pene, además de rozar su miembro contra el cuerpo de las víctimas.

“Estos hechos tipifican el ilícito de abuso sexual establecido en el artículo 366 inciso 1º del Código Penal, todos ellos en grado de consumados. Este tipo penal castiga a quienes ejecutan un acto de significación sexual y relevancia en los términos del artículo 366 ter, sobre una persona mayor de catorce años”, se dijo en la resolución.

Finalmente, el sujeto también fue condenado en costas.