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El alcalde de La Granja, Felipe Delpín Aguilar (DC), fue condenado por vulnerar derechos fundamentales de una funcionaria tras una denuncia por acoso y maltrato laboral, determinándose la violación de su integridad física, psíquica, honra y libertad de trabajo. El fallo del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel ordenó su reintegro inmediato al cargo y el cese de conductas de acoso, como amenazas de no renovar el contrato y traslados arbitrarios. Además, se dictó un taller obligatorio sobre derechos fundamentales y protección al empleo para el personal municipal, incluido el alcalde, con supervisión de la Inspección del Trabajo y la Contraloría. La Municipalidad de La Granja deberá indemnizar a la denunciante con $5.263.008, pagar las costas del juicio y remitir los antecedentes a la Contraloría para investigar la posible responsabilidad administrativa del alcalde.

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El alcalde de La Granja, Felipe Delpín Aguilar (DC), fue condenado por vulnerar derechos fundamentales de una funcionaria tras una denuncia por acoso y maltrato laboral. El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel emitió el fallo a dos semanas de las elecciones municipales, en las que Delpín no irá por la reelección.

El fallo determinó que se vulneraron los derechos de integridad física, psíquica, la honra y la libertad de trabajo de la encargada de la Casa de la Mujer. Se ordenó su reintegro inmediato al cargo y el cese de conductas de acoso, como amenazas de no renovar el contrato y traslados arbitrarios.

Medidas tras la condena al alcalde de La Granja por acoso laboral

Además, se instruyó un taller sobre derechos fundamentales y protección al empleo, obligatorio para todo el personal municipal, incluido el alcalde. La Inspección del Trabajo y la Contraloría supervisarán su cumplimiento.

La Municipalidad de La Granja deberá indemnizar a la denunciante con $5.263.008 y pagar las costas del juicio, valoradas en $2.500.000. Los antecedentes serán remitidos a la Contraloría para investigar la posible responsabilidad administrativa del alcalde.