La Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por la defensa de una imputada por tráfico de drogas. El máximo tribunal de justicia revocó la prisión preventiva, y ordenó el arresto domiciliario total y arraigo nacional para la mujer que tiene dos hijos lactantes.
El fallo de la Corte destaca la importancia de cumplir con normativas internacionales sobre la privación de libertad. Asimismo, se menciona la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención de Belém do Pará. Estas convenciones abordan la violencia de género y establecen derechos fundamentales para las mujeres.
La resolución publicada en el Poder Judicial señala que se deben aplicar las Reglas de Bangkok. Estas reglas proponen alternativas a la prisión preventiva para mujeres, considerando su historial de victimización y sus responsabilidades familiares.
La Corte también resalta que la violencia contra la mujer incluye acciones que causen daño físico, sexual o psicológico. Cada mujer tiene derecho a vivir sin violencia y a que se respeten sus derechos. Los países deben condenar esta violencia y tomar medidas efectivas para prevenirla.
Se considera que las mujeres en situaciones vulnerables, como embarazadas o con discapacidades, necesitan atención especial.
Por último, la Corte concluye que mantener a la mujer en prisión preventiva representa un riesgo para su bienestar y el futuro de sus hijos. Debido a lo anterior, el máximo tribunal ordena sustituir la prisión preventiva por arresto domiciliario total y arraigo nacional.
“Representa un grave riesgo para ella, debido a su estado y para el desarrollo y vida futura de sus hijos”, plantea el fallo de mayoría de la Corte Suprema.
Por lo tanto, se revoca la sentencia anterior dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel y se acepta el recurso de amparo a favor de la mujer.