Por su responsabilidad en intervención quirúrgica negligente, el 26.º Juzgado Civil de Santiago condenó a un médico traumatólogo y a una clínica privada a pagar un total de $26.245.215 por daños.
En específico, las sumas son de $1.245.215 por concepto de daño emergente y $25.000.000 por concepto de daño moral.
Al demandante le dejaron un tornillo dentro del pie derecho, “sin realizar una radiografía de control al final de la operación de septiembre de 2018, a modo de verificar que todos los tornillos habían sido retirados del cuerpo del demandante”, detalla el fallo.
El juez estableció que los demandados actuaron sin el debido cuidado y la diligencia que la lex artis médica exige. Y apuntó a que concurrieron a una negligencia inexcusable.
La resolución concluyó: “Entre el médico demandado señor Alejando Espinosa Cereceda; la clínica demandada La Acacias; y el demandante, se celebró un contrato de prestación de servicios médicos, en cuya virtud el médico se obligó —entre otros— a realizar la cirugía ya mencionada con toda diligencia y cuidado, y la clínica a poner a disposición de la paciente el respetivo equipo médico e insumos; y el actor a pagar el costo de la misma”.
Para el tribunal: “(…) dicho actuar es una negligencia inexcusable cometida por los demandados, tanto, por el médico el señor Alejando Espinosa Cereceda, al decidir no practicar una radiografía de control, como por el equipo que le prestó asistencia durante la cirugía, de la Clínica Las Acacias, al no advertir que no se habían retirado todos los tornillos”.