Este jueves, el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible la querella presentada en contra del alcalde de Estación Central, Felipe Muñoz, y el director de la Dirección de Obras Municipales de dicha comuna, Juan Hernández.
La acción judicial fue presentada por el exconcejal de Recoleta y candidato a alcalde por Chile Vamos, Mauricio Smok. Esto, específicamente por el delito de exacción ilegal.
Cabe mencionar que la querella también contemplaba el delito de asociación criminal e incluía al -ahora- exalcalde de Recoleta, Daniel Jadue. Sin embargo, tanto el ilícito como la partición de Jadue no fue admitido.
“Reuniendo la querella deducida los requisitos que señalan los artículos 111 y 113 del Código Procesal Penal, se la declara admisible, sólo en cuanto al delito de exacción ilegal y respecto de los querellados Felipe Muñoz Vallejo y Juan Hernández Zepeda”, señala el documento.
Agregando que “en cuanto al delito de asociación criminal endilgado a Daniel Jadue Jadue, Felipe Muñoz Vallejo y Juan Hernández Zepeda se declara inadmisible la querella en razón de lo previsto en el artículo 114 letra c) del Código Procesal Penal y atento a lo dispuesto en el artículo 108 y 111 del mismo cuerpo legal”.
“Si bien todos los sujetos contra los que se pretende ejercer la acción penal tienen la calidad de funcionarios públicos, el mentado artículo 111 restringe la facultad de cualquier persona para querellarse contra un funcionario público a aquellos delitos que afectaren derechos de las personas garantizados por la Constitución o a delitos contra la probidad pública”, agrega.
Por lo que “dicha facultad se encuentra referida, de forma exclusiva, a los delitos previstos en los títulos tercero y quinto del libro segundo del Código Penal”.
Finalmente y, de esta manera, los antecedentes fueron remitidos a la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte.