El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Tiere Noemí Vergara Torres, cabo segundo de Carabineros a la época de los hechos, a la pena de 3 años de cárcel. Pero, con el beneficio de la libertad vigilada por igual lapso. En mayo de 2016, Vergara agredió a una mujer en una protesta y esta situación derivó en un aborto espontáneo.
En decisión unánime, el tribunal aplicó, además, a Vergara, la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos mientras dure la condena.
Durante el cumplimiento de la pena sustitutiva, Vergara deberá estar sujeta a la observación de Gendarmería y cumplir el plan de intervención individual que se apruebe judicialmente.
En cuanto a la acción civil, el tribunal acogió la demanda presentada y condenó a Vergara a pagar un total de $5 millones a la víctima.
Qué sucedió
De acuerdo con el tribunal, “mientras se realizaba una marcha estudiantil no autorizada en el centro de Santiago, la víctima M. P. C. M. fue detenida por funcionarios de Fuerzas Especiales de Carabineros de Chile, entre los cuales se encontraba la imputada Tiare Noemí Vergara Torres, por haber tratado de interferir en la detención de un grupo de estudiantes que se encontraban en la Alameda Libertador Bernardo O’Higgins, a la altura de la estación de metro Universidad Católica, frente al Centro Cultural Gabriela Mistral, en la comuna de Santiago.
“Una vez detenida, fue trasladada a la 3° Comisaría de Santiago alrededor de las 11:45 horas, lugar en donde trataron de esposarla, situación que generó angustia en la víctima, quien señaló sufrir de crisis de pánico, tratando de resistirse e insistiéndoles a los funcionarios policiales que le pusieran las esposas por delante, acercándose al lugar más carabineros de Chile, quienes procedieron a sostenerla de los brazos y piernas. En ese momento la imputada procedió a propinarle una patada en la vagina”, siguió el tribunal.
Después, la víctima fue conducida al SAPU de Renca. En el trayecto, empezó a sentir cólicos y malestar estomacal, siendo revisada por un médico, quien constató que la víctima presentaba sangrado. Luego, M.P.C.M. fue trasladada al Hospital San Juan de Dios. En el lugar, realizaron exámenes, que señalaron que ella se encontraba en proceso de aborto.
Recurso de nulidad
En abril de este año, la Segunda Sala de la Corte Suprema estableció que había sucedido un error en la valoración de la prueba en la sentencia impugnada a Vergara, dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que la había condenado.
En la época, la decisión expuso que “deja abierta una serie de interrogantes y contradicciones, que no quedaron en absoluto despejadas, y que impiden afirmar que los hechos sentados por los juzgadores del grado puedan ser entendidos de manera unívoca”, planteó.
Además, se determinó que debería haber una nueva audiencia de juicio oral.