El Segundo Tribunal Ambiental confirmó la multa de 74 UTA ordenada por la Superintendencia de Medio Ambiente a faenas de construcción de edificio en Las Condes, por infracción a la norma de ruidos.

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por la Empresa Constructora Proyekta Ltda. contra la multa de 74 UTA ordenada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) a faena de construcción de edificio en comuna de Las Condes por infracción a la norma de ruidos.

“Según el análisis del tribunal, no se configuraron las exigencias para la procedencia de la imposibilidad de continuar con el procedimiento administrativo, sumado a que, en el contexto de un programa de cumplimiento, el hecho de encontrarse la obra concluida a la fecha de la formulación de cargos, no obsta a la presentación de medidas ya ejecutadas”, indicó.

Y concluyó que “como resultado, no se infringieron las garantías del debido proceso y la sanción impuesta (74 UTA) se determinó de manera fundada, considerando las circunstancias establecidas en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la SMA, de ahí que la multa no resulte desproporcionada”.

Cabe recordar que el procedimiento sancionatorio, que culminó con la multa antes indicada, se originó luego de una denuncia por ruidos molestos contra las faenas de construcción del edificio “Alonso Camargo”. Esto, tras una fiscalización ambiental que registró una excedencia (durante horario diurno) a la norma de emisión de ruidos.