Víctor Huenante / Agencia UNO
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La Fiscalía apuntó a uno de los imputados por el crimen del suboficial mayor, Daniel Palma, como presunto autor material del delito ocurrido la semana pasada en la región Metropolitana.
Esta tarde de jueves, durante la audiencia de formalización en contra de los tres acusados de haber participado en el asesinato del suboficial mayor de Carabineros, Daniel Palma, el Ministerio Público sindicó como el presunto autor material del delito al acusado Ovimarlixion Garcés Briceño.
En el 7º Juzgado de Garantía de Santiago se realizó la formalización de los imputados por el crimen de un carabinero en el ejercicio de sus funciones el pasado 5 de abril en la comuna de Santiago.
Luego de que las partes acordaran la ampliación del control de detención de los acusados el pasado martes, esta jornada los ciudadanos venezolanos Luis Lugo, Ovimarlixion Garcés y Daniel Fuentes se presentaron ante el tribunal para ser formalizados.
En la instancia, el fiscal Cristián Meneses, solicitó la medida cautelar de prisión preventiva para los tres imputados.
Además, el Ministerio Público apuntó como el presunto autor material de la muerte del suboficial Palma al acusado Ovimarlixion Garcés Briceño.
Lo anterior debido a la evidencia recopilada por las autoridades, además de las características de la herida mortal que recibió el funcionario de la institución uniformada.
La Fiscalía detalló que específicamente “Garcés se expone a altísimas penas como autor del delito de homicidio de Carabineros a una pena desde los 15 años y un día hasta la pena máxima de presidio perpetuo calificado”.
Cabe mencionar que los acusados están imputados por los delitos de homicidio de funcionario de carabineros, homicidio frustrado, robo con intimidación, robo con retención, porte ilegal arma, receptación de vehículo motorizado.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)