El alcalde de Recoleta presentó un recurso de queja en contra de dos ministros y un abogado integrante de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que revocaron su sobreseimiento definitivo en la causa que lo mantiene en pugna contra Inmobiliaria Bellavista. En el escrito expone que la decisión del tribunal de alzada capitalino no tomó en cuenta que las acusaciones particulares de los querellantes fueron realizadas fuera de plazo.

Este miércoles ingresó a la Corte Suprema un recurso de queja de la defensa del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue (PC), en contra de dos ministros y un abogado integrante de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que revocaron el sobreseimiento definitivo del edil en la causa que lo mantiene en pugna contra la empresa Desarrollo Inmobiliario Bellavista S.A.

La acción apunta a los ministros Carmen Gloria Correa y Juan Muñoz Pardo, y al abogado integrante Rodrigo Montt Swett, quienes dictaron la sentencia que echó por tierra las aspiraciones de Jadue de librar del proceso penal seguido en su contra, el cual se inició tras la presentación de una querella realizada por el entonces concejal Maurico Smok en junio de 2017.

A la misma acción se sumó en noviembre de ese mismo año la empresa Desarrollo Inmobiliario Bellavista S.A., representada por el abogado Héctor Concha Humeres. Bajo ese contexto, según el texto legal, el pasado 30 de noviembre de 2020, tras casi tres años de investigación, el Ministerio Público comunicó su decisión de “no perseverar en el procedimiento, habiendo previamente comunicado por escrito el cierre de la misma con fecha 3 de noviembre de 2020”.

Pese a la decisión del ente persecutor, y a la resolución de diversas incidencias en la causa, en diciembre de 2020 el abogado Christian Espejo, en representación del exconcejal Smok, solicitó el forzamiento de la acusación particular, “siendo rechazada dicha solicitud por el 3º Juzgado de Garantía de Santiago, con fecha 3 de diciembre de 2020, resolución que no fue objeto de impugnación alguna”, señala el recurso.

Tras una serie de actos legales, que incluso tuvo un paso por el Tribunal Constitucional (TC), el 3 de marzo de 2022 se reiteraron las acusaciones particulares de los querellantes, cuestión que el tribunal “tuvo presente”. El 28 de ese mismo mes Christian Espejo “volvió a retirar la acusación particular”. “Finalmente con fecha 5 de abril de 2022 se habilitó la audiencia fijada para el día 11 de abril de 2022 de preparación de juicio oral y resolución de la reposición a fin de debatir sobre el sobreseimiento definitivo de la causa”, consigna el texto.

Fue en dicha audiencia que se debatió el sobreseimiento definitivo del alcalde Jadue, atendida la “presentación extemporánea de las acusaciones particulares, destacando esta parte que la única suspensión del procedimiento se debió a los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Excmo. Tribunal Constitucional”. Aquella jornada el 3º Juzgado de Garantía de Santiago decretó el sobreseimiento del edil comunista.

Dicha resolución no cayó bien en los querellantes, quienes apelaron en contra de la resolución dictada por el tribunal. De esta forma, la situación escaló a la Corte de Apelaciones de Santiago. Y es que fue la Cuarta Sala del tribunal de alzada capitalino quien revocó el sobreseimiento de Daniel Jadue, argumentando que el 3º Juzgado de Garantía de Santiago debe “dar curso al plazo de tramitación de las acusaciones por las partes querellantes y citar al efecto a la audiencia correspondiente como en derecho corresponde”.

Foco

En el recurso de queja, los abogados Ciro Colombara y Aldo Díaz Canales exponen que la corte “comete abuso y falta grave”, al otorgar un “plazo ilega, ampliándolo injustificadamente, para presentar la acusación, infringiendo así los derechos de nuestro representado en cuando a la legalidad del proceso penal”.

Y es que los profesionales apuntan a que dichas acusaciones fueron presentadas “fuera de plazo”. Esto, exponen, a raíz de que el artículo 247 del Código Procesal Penal es “claro en señalar que el plazo para presentar acusación es de 10 días, consagrando un adicional de 2 días siempre cuando no se haya presentado acusación, lo que en la especie no es el caso”, argumentan.

Esta situación “infringe el artículo 250 letra d) que consagra el sobreseimiento definitivo de la causa cuando se hubiese extinguido la responsabilidad penal del imputado por alguno de los motivos que establece la ley, el cual, justamente, es aquel caso en que la acusación no se presenta dentro del plazo”, apuntan los juristas.

Dicho plazo para presentar las acusaciones particulares, prosiguen, vencía el 28 de octubre de 2021, sin “que ello ocurriera”. “El plazo adicional de dos días supone que aún no se ha presentado acusación, pero no que se presente fuera de plazo que es lo que en la especie ha ocurrido”, advierten.

De esta forma, lo resuelto por la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, a juicio de la defensa del edil de Recoleta, se “constituye en graves faltas que han importado un evidente perjuicio para esta parte”. Por eso, solicitan al máximo tribunal del país que “adopte las medidas disciplinarias correspondientes respecto de los recurridos”.

Asimismo, piden que se confirme la resolución dictada el pasado 11 de julio de 2022 que dio lugar a la solicitud de sobreseimiento definitivo en favor del alcalde Jadue. En síntesis, será resorte de la Corte Suprema dirimir si el edil continúa o no en pugna.

Vea el recurso: