La empresa Desarrollo Inmobiliario Bellavista anunció que recurrirá a la Corte Suprema para revertir el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que no acogió un recurso de ilegalidad presentado por la compañía en contra de la Municipalidad de Recoleta.
Todo esto se enmarca en la larga disputa judicial por un edificio del proyecto Conjunto Armónico Bellavista que se construyó en la mencionada comuna. El proyecto no ha recibido la recepción final de obras, ya que el municipio acusa que no cumple con la normativa vigente.
Y tampoco la recibirá porque, según informó hoy el alcalde Daniel Jadue, el fallo de la Corte de Apelaciones confirma que caducó el permiso de edificación.
“Se terminó el tiempo de las mentiras, se terminó el tiempo del engaño”, dijo el alcalde Daniel Jadue, quien agregó que “estamos muy satisfechos que la justicia haya puesto las cosas en orden”.
El plan regulador de Recoleta permite la construcción de la mitad de la altura de la que tiene el polémico edificio, o sea, nueve pisos. Por ello, Jadue señaló que la inmobiliaria tiene dos alternativas: “tiene que ser demolido o ser tramitado con un permiso nuevo que cumpla con la ley”. O sea, eliminando los pisos restantes.
Apelación
Sin embargo, la inmobiliaria apelará ante la Corte Suprema aduciendo que la caducidad del permiso solo afecta a la tercera torre del proyecto, y no a la segunda que es la que se pretende demoler.
“Tenemos la tranquilidad de que una vez más la Corte Suprema restablecerá el imperio del derecho, ya que cuando se pronunció acerca de la caducidad del permiso de edificación fue clara al señalar que ésta no afectaba a la segunda torre terminada, lo que ahora la Corte de Apelaciones desconoce”, declaró el abogado Christian Espejo.
La empresa acusa a Jadue de no cumplir un primer fallo de la Corte Suprema emitido en 2017 que declaraba ilegal el primer decreto de demolición, dictando uno nuevo en 2019.
“El primer decreto de demolición había sido por haber supuestamente excedido la altura máxima permitida y el segundo por haber caducado el permiso de edificación otorgado. Respecto de este último, la Corte Suprema determinó que la caducidad solo afectaba a la tercera torre que se había proyectado y aún sin construir, pero en ningún caso al edificio terminado que debe ser recibido acorde a las normas urbanísticas establecidas en el permiso de edificación N°252″, añadió la inmobiliaria en un comunicado.
Por esto, el abogado Espejo señaló que “no es efectivo lo que asegura el alcalde Jadue, en el sentido de que este pronunciamiento de la Corte de Apelaciones de Santiago lo faculte para demoler la segunda torre del Conjunto Armónico Bellavista, ni tampoco que no existan compradores, ya que hay 250 familias que desde 2013 están esperando que se les entreguen sus departamentos”.