El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible una querella presentada contra los funcionarios de Carabineros que resulten responsables por filtrar el audio de una denuncia, cuya atención terminó con la muerte del cabo David Florido Cisternas.
A través de una llamada al 133, una voz informó la presencia de hombres armados al interior de una peluquería en la comuna de Pedro Aguirre Cerda.
“Fui a cortarme el pelo a una peluquería y andaban unos tipos armados con metralleta, no sé si una metralleta semiautomática o pistola automática”, aseguró.
El cabo Florido atendió el procedimiento y se trasladó al lugar, donde terminó muriendo producto de un disparo en la cabeza.
Filtración de audio: “Desincentiva en general las denuncias”
La querella fue ingresada por el abogado Luis Mariano Rendón, basándose en el artículo 246 del Código Penal. Dicha norma sanciona la revelación indebida de información por parte de funcionarios públicos.
De acuerdo a Rendón, la filtración del audio expone al denunciante, ya que ni siquiera se intervino su voz. Asimismo, dijo que “desincentiva en general las denuncias, por el temor que pueden tener las personas de que éstas sean difundidas públicamente por la policía”.
“Más allá de la filtración, estoy estudiando también acciones contra el mando policial responsable de haber ordenado un procedimiento absolutamente inadecuado para la gravedad de la denuncia”, agregó el abogado.
Según su visión, se expuso “criminalmente” a los funcionarios a cargo del procedimiento por no “asegurase la superioridad numérica y de fuego”.
“Sobre eso el mando policial y las autoridades de Gobierno guardan un inaceptable silencio, limitándose a plañideras declaraciones que no aportan nada a impedir que esto se vuelva a repetir”, concluyó.