La Corte de Apelaciones de Santiago, en un fallo unánime, ordenó al Ministerio de Salud y al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) que adquieran y suministren un medicamento a un joven que padece fibrosis quística.
Lo anterior, luego de acoger un recurso de protección que fue interpuesto por la defensa del adolescente, quien sufre la enfermedad desde los seis años.
En ese sentido, la Tercera Sala de dicho tribunal ordenó a los entes ya mencionados “iniciar en el más breve plazo el tratamiento indicado con el fármaco Trikafta”.
De acuerdo al fallo, el fármaco recetado por el médico tratante del joven es la “única alternativa para detener el letal deterioro que conlleva la enfermedad”.
A su vez, el texto sostiene que el medicamento “permite remediar el defecto celular y detener así el deterioro en la salud de los pacientes”, agregándose que la familia del joven no puede costear dicho fármaco.
“Se desprende que los recurridos no han podido negarse a cubrir el costo del medicamento ‘Trikafta’, en los términos en que le fue solicitado, sobre la base que el medicamento indicado no se comercializa en Chile, no se encuentra contemplado en el régimen de las Garantías Explícitas en Salud para el problema de salud respectivo, ni se encuentra dentro del marco de planificación sanitaria, y en general, sobre la base de consideraciones de índole administrativa y económica”, indica el fallo.
Además, la resolución manifiesta que “este acto ilegal y arbitrario constituye una amenaza grave a la garantía del derecho a la vida del menor recurrente, pues la decisión de no costearle el medicamento lo priva, en la práctica, del acceso al mismo, lo que conduciría a una disminución significativa de sus expectativas de sobrevida”.