La Corte Suprema invalidó de oficio una resolución impugnada y, en sentencia de reemplazo, condenó al Hospital San José a pagar una indemnización total de $200 millones a la pareja e hijos de la paciente.
La mujer falleció debido a la atención negligente y tardía brindada por un aborto espontáneo mal diagnosticado.
En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció error de derecho en la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que descartó responsabilidad del centro asistencial en el deceso de la paciente.
“El perito forense concluyó que el aborto que sufrió (la mujer) –cuyo manejo exigía ‘hospitalización, legrado y alta al día siguiente’– y no uno completo, como equivocadamente fue diagnosticada en el nosocomio demandado, que permitía darla de alta sin legrado”, se indica en la sentencia.
“En este sentido, la ficha clínica da cuenta de que el 8 de febrero de 2012 la paciente presentaba los síntomas propios de un aborto incompleto (…) En consecuencia, queda en evidencia que la sentencia en estudio carece de consideraciones para rechazar la demanda”, explica el escrito.