Sebastián Beltrán | Agencia UNO
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La colocación de bombas "está destinada no sólo a matar personas, sino que ha causar temor en la población", manifestó el subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, tras la presunta confesión de los delitos del Caso Bombas que se le imputan a Francisco Solar.
El subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, se refirió a la presunta confesión que el anarquista, Francisco Solar, de haber enviado una bomba al exministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, y otra a una comisaría de Carabineros en la capital.
Galli manifestó que “esto ratifica lo que hemos dicho durante años. Personas que estuvieron dispuestas a poner artefactos explosivos que estaban destinados a matar a otros chilenos“.
Y además el subsecretario agregó que, “la colocación de artefactos explosivos es el delito más grave que se puede cometer en nuestro país porque está destinado no sólo a matar personas, sino que ha causar temor en la población“.
La investigación Caso Bombas, fue iniciada por los hechos ocurridos en julio de 2019 cuando una bomba, que llegó camuflada como un regalo, estalló en la 54º Comisaría de Huechuraba dejando 8 uniformados lesionados.
De forma paralela, otro paquete llegó a las oficinas de Hinzpeter, sin embargo, él dio cuenta del hecho a personal del GOPE de Carabineros quien lograron desactivar el objeto explosivo.
Tras esto, Un año después, fueron detenidos Francisco Solar y Mónica Caballero, siendo absueltos en el primer Caso Bombas.
La indagatoria está en manos del fiscal de la Fiscalía Metropolitana Sur, Héctor Barros, y las áreas especializadas de Carabineros del OS9.
Por último, desde el Gobierno ratificaron que “Francisco Solar y Mónica Caballero están inculpados de graves delitos, y esperamos que la investigación lleve a su condena“.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)