Durante la mañana de este martes se despachó la orden de detención en contra de Carlos Parada, liquidador de la Universidad del Pacífico, acusado por negociación incompatible y ventajas indebidas.
La disposición ocurrió a cuatro días de que la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, decretara la prisión preventiva para el imputado, la cual hasta el día de hoy no se ha hecho efectiva.
Lo anterior se resolvió luego de que el tribunal de alzada revocara el arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional que había sido dictado por la magistrada Carolina Herrera Cortés-Monrroy, el 30 de noviembre del presente año.
Desde su defensa señalaron que Parada no se ha presentado porque “sufrió una grave descompensación médica con pérdida de conciencia, hecho que obligó a su traslado a un recinto asistencial, lugar donde se encuentra actualmente internado y sometido a una serie de exámenes para determinar su diagnóstico con precisión”.
“La defensa del señor Parada informó en tiempo y forma de esta situación al juzgado, acompañando los informes médicos respectivos, además de un escrito en que se le pone a disposición del tribunal a fin de que se adopten las medidas necesarias, atendida su hospitalización”, agregaron.
Según la investigación de la Fiscalía Metropolitana Oriente, en febrero de 2019, Inedu Ltda., pidió la quiebra contra la Universidad del Pacífico, por una deuda. Tras esto, el liquidador imputado encargó al receptor judicial Claudio Cortés -también indagado en la causa-, quien recibió $60 mil.
El 25° Juzgado Civil de Santiago declaró la quiebra sin la comparecencia de la demandada, por lo que según el ente persecutor, Parada fue un “demandante clandestino”, y los hechos son constitutivos del delito de negociación incompatible.
Pero no solo eso, sino que según el Ministerio Público, Parada dio ventajas indebidas a su amigo Alfonso Vásquez -también imputado-, a través de las inmobiliarias Paseo San Damián y Abundancia.
Finalmente el fiscal Metropolitano Oriente, Felipe Sepúlveda, evidenció mensajes, tráficos telefónicos, declaraciones en PDI, y cuentas bancarias del imputado, inculpándolo del hecho.