La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió parcialmente un recurso de nulidad en contra de la sentencia del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó a tres imputados por la elaboración de artefactos incendiarios (bombas tipo molotov).
Se trata de Benjamín Espinoza Gatica, Matías Rojas Marambio y Jesús Zenteno Guiñez, quienes fueron llevados a juicio por el incendio sufrido por el Hotel Principado de Asturias, ocurrido en noviembre de 2019.
El tribunal determinó absolver a los tres acusados de dicho ilícito, pero igualmente los declaró culpables por el uso de artefactos incendiarios.
Recordemos que la defensa de estos imputados -presentaron este recurso de nulidad- por lo que finalmente el máximo tribunal ordenó un nuevo juicio oral contra estas personas.
Esto, ya que la Segunda Sala de la Corte Suprema, estimó que las pruebas obtenidas para sustentar el hecho ocurrido el 12 noviembre de 2019 fueron ilícitas.
“Que los acusados fueron imputados (y condenados) por hechos que acaecieron en distintos días del mes de noviembre de 2019; a saber, se les condena –conforme a la acusación y los hechos que se dan por establecidos en el veredicto y en la sentencia-, por los delitos de fabricar y arrojar bombas molotov en el sector de Plaza Baquedano o en sus inmediaciones el día 12 de noviembre de 2019; conducta que se reitera en el mismo sector el día 14 del mismo mes y año, salvo Rojas Marambio, quien solo fue condenado por la elaboración de tales artefactos”, se detalla en el fallo.