La familia de Estefanía Martínez Pérez, la mujer en situación de calle que fue quemada en una maleta en Providencia, se refirió a la muerte de la joven de 27 años que era conocida popularmente como “La bailarina de Bella” en alusión al barrio Bellavista.

La muerte de Martínez Pérez se produjo la noche del lunes a causa de un asfixia por estrangulamiento, según el primer informe del Servicio Médico Legal. Por este caso, hay un hombre detenido que también corresponde a una persona en situación de calle que será formalizado la tarde de este miércoles.

La familia la describe como alguien alegre, graciosa y que le gustaba hacer chistes y bromas. Además, relataron que era madre de dos hijos y que vivía con su pareja en una carpa ubicada en Parque Bustamante en Providencia.

En conversación con La Red, Deyanira Martínez, hermana de la víctima, sostuvo que veía esporádicamente a Estefanía cada uno o dos meses. Consultada por cuál es el vínculo de la víctima con el detenido, señaló que “no sé nada de él. No lo he visto (…) No lo conozco”.

“Yo solo conozco a su pareja, el papá de sus dos hijos, Eduardo”, explicó. Sin embargo, añadió que la pareja de Estefanía ubicaría al presunto autor del crimen que se dedicaría a cuidar autos.

Martínez también se refirió a la situación de su hermana que vive hace años en la calle. “Se les dio muchas oportunidades a Estefanía (…) pero lamentablemente quiso esa vida. Ella no abandonada a su pareja, la amaba. Prefirió a su pareja antes que estar bien en nuestra casa”, explicó.

“Por amor llegó a la calle, ella amaba a su Eduardo”, añadió. Además mencionó que “una persona en situación de calle no puede terminar muerta en una maleta y mucho menos quemada. Esto es algo terrible para nosotros”.

El imputado, que corresponde a un hombre de 45 años, pasará esta tarde a segundo control de detención donde enfrentaría cargos por el delito de homicidio.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)