En forma unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado a favor del sacerdote John O’Reilly condenado por abusos sexuales en contra de dos escolares del Colegio Cumbres.
De esta manera, se hace efectivo el decreto de expulsión del país para el sacerdote dictado por la Subsecretaría del Interior. El sacerdote tendrá que dejar el país dentro de las 72 horas posteriores a que cumpla la condena de cuatro años y un día, el 11 de noviembre de 2018.
El tribunal máximo concluyó que no hubo acto arbitrario ni ilegal en el decreto de expulsión del Ministerio del Interior del 5 de agosto de 2015, considerando que se registró posterior a que el Congreso destituyera la nacionalidad por gracia el 15 de abril de ese año, es decir, cuando ya no era ciudadano chileno.
La secretaría de estado basó su decisión de expulsión en la facultad privativa que posee para resolver esta medida en contra de un extranjero que cometa “simple delito o crimen”.
“La situación migratoria del actor pasó a ser la de un extranjero que reside en Chile sin permiso de residencia definitiva, cuestión que implica que una vez que aquel cumpla la condena que le fue impuesta por el Tercer Tribunal Oral en lo Penal, no es factible que el recurrente regularice su situación migratoria, razón por la que en su oportunidad, si éste no hace abandono voluntario del país, la autoridad deberá decretar la expulsión pertinente” dice la resolución de la suprema.
Quien fuera líder de los Legionarios de Cristo en nuestro país resultó condenado por el tercer tribunal oral de Santiago el 11 de noviembre del 2014 por uno de los dos casos de abusos sexuales contra alumnas del Colegio Cumbres.
Los delitos, según el fallo, se cometieron en una oficina del establecimiento entre marzo y diciembre del 2010 y marzo a julio del 2012.
Quien elaboró uno de los proyectos de ley para quitar la nacionalidad al sacerdote, el senador Alfonso de Urresti, valoró la decisión de la justicia y del ministerio del interior.
Además de los cuatro años y un día de libertad vigilada, se le sentenció a una inhabilidad perpetua para ejercer actividades que involucren a menores de edad.
De acuerdo al decreto del Ministerio del Interior, a partir del 11 de noviembre del 2018, O´Reilly tiene 72 horas para dejar el país.