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La Corte de Apelaciones de Talca aceptó la solicitud de desafuero contra el diputado Francisco Pulgar por el delito de violación, con antecedentes suficientes para una formalización. El Pleno de la Corte declaró el desafuero del parlamentario, acusado de violación consumada y reiterada en 2014 en el Maule, tras una denuncia en 2021. El desafuero le quita protección constitucional, permitiendo medidas cautelares o condenas. La decisión puede apelarse en la Corte Suprema.

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Durante esta jornada de miércoles, la Corte de Apelaciones de Talca acogió la solicitud de desafuero en contra del diputado Francisco Pulgar, quien está siendo investigado por el delito de violación.

En un fallo unánime, el tribunal de alzada estableció que -en esta etapa procesal- existen antecedentes suficientes para dar lugar a la formalización de causa en contra del parlamentario.

Por lo tanto, el Pleno de la Corte de Apelaciones acogió la solicitud formulada por el Ministerio Público y declaró el desafuero del diputado, quien está acusado por el delito consumado y reiterado de violación de mayor de 14 años.

Estos ilícitos habrían sido cometidos durante el pasado año 2014 en la región del Maule. La denuncia fue presentada en 2021 a la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales de la Policía de Investigaciones (PDI).

¿Qué es el desafuero?

En primer lugar, se debe considerar que en el artículo 61 de la Constitución Política de la República está consagrado un privilegio para los diputados/as y senadores/as: el fuero parlamentario.

“Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa”, señala la norma.

En ese contexto, son los jueces quienes resuelven si un parlamentario puede o no ser procesado por la eventual comisión de un delito. En concreto, el tribunal se pronuncia respecto a si procede -o no- la formación de causa, como fue en este caso con el diputado Pulgar.

¿Cómo se traduce esto? El desafuero quita la protección constitucional con la que cuentan los parlamentarios. Así, los tribunales pueden decretar medidas cautelares en su contra y/o condenarlo.

En caso contrario, como no ocurrió con el parlamentario acusado de violación, si la resolución no da lugar a la formación de causa, el parlamentario queda sobreseído del delito por el que se le acusa.

Finalmente, cabe precisar que cualquiera sea la decisión del tribunal de alzada, esta puede ser apelada ante la Corte Suprema.